El trabajo decente en Colombia, una aproximación desde los derechos humanos - Núm. 1-2023, Enero 2023 - Saber, Ciencia y Libertad - Libros y Revistas - VLEX 930227008

El trabajo decente en Colombia, una aproximación desde los derechos humanos

AutorRafaela Sayas-Contreras, Rafael Zúñiga-Mercado
CargoAbogada, investigadora de la Universidad de Cartagena, docente en grado y posgrado, autora de diversos libros, capítulos de libros y ponente magistral nacional e internacional. Especialista en Derecho Financiero por la Universidad del Rosario, Magíster en Derecho por la Universidad Nacional de Colombia, Ph. D. en Sociología por la Universidad...
Páginas157-193
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Rafael Zúñiga-Mercado, Rafaela Sayas-Contreras
SABER, CIENCIA Y Libertad | ISSN 1794-7154 / e-ISSN 2382-3240 | Vol. 18, No. 1, Enero - Junio 2023 | Págs. 157-193
El trabajo decente en Colombia, una
aproximación desde los derechos
humanos
Decent work in Colombia, an approach from human rights
Rafaela Sayas-Contreras1
Universidad de Cartagena – Cartagena, Colombia
rsayasc@unicartagena.edu.co
Rafael Zúñiga-Mercado2
Universidad de Cartagena – Cartagena, Colombia
rafaelzunigamercado@gmail.com
Resumen
El concepto de trabajo decente encuentra vinculación profunda con
los derechos humanos, categoría que no excluye la productividad ni el
desarrollo de las naciones, sin embargo en Latinoamérica y en particular
en Colombia, su implementación constituye todo un desafío. El presente
texto da cuenta de un análisis del ODS 8 ‘Trabajo Decente y Crecimien-
to Económico’ y su desarrollo jurisprudencial desde la perspectiva de las
Altas Cortes Colombianas, primero desde las metas específicas que per-
miten configurar el trabajo decente y segundo, mediante la revisión de las
diferentes decisiones judiciales que aluden a los conceptos de libertad
1 Abogada, investigadora de la Universidad de Cartagena, docente en grado y posgrado, autora de diversos libros, capítulos de libros y
ponente magistral nacional e internacional. Especialista en Derecho Financiero por la Universidad del Rosario, Magíster en Derecho
por la Universidad Nacional de Colombia, Ph. D. en Sociología por la Universidad de Belgrano ( Buenos Aires), Directora del Grupo de
Investigación Conflicto y Sociedad de la Universidad de Cartagena, Categoría A Minciencias.
2 Abogado especialista en Instituciones Jurídicas de la Seguridad Social por la Universidad Nacional de Colombia, Magíster en Derecho y
estudiante del Doctorado en Administración de la Universidad de Cartagena. Docente de la Universidad de Córdoba (Colombia), Conjuez
del tribunal Administrativo de Córdoba.
Informe de Avance de investigación “Operatividad del trabajo decente en Colombia”, Universidad de Cartagena,
Doctorado en Administración de Empresas.
Fecha de recepción: 5 de septiembre de 2022
Fecha de evaluación: 9 de octubre de 2022
Fecha de aceptación: 30 de noviembre de 2022
Este es un artículo Open Access bajo la licencia BY-NC-SA
(http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/)
Published by Universidad Libre
Cómo citar/ How to cite: Sayas, R. & Zúñiga, R. (2023). El trabajo decente en Colombia, una aproximación desde
los derechos humanos. Revista Saber, Ciencia y Libertad, 18(1), 157 – 193. https://doi.org/10.18041/2382-
3240/saber.2021v16n2.7747
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El trabajo decente en Colombia, una aproximación desde los derechos humanos
UNIVERSIDAD LIBRE, COLOMBIA
sindical, trabajo seguro, trabajo infantil, salud y bienestar en el trabajo.
Para tales efectos se utilizó como categoría transversal “trabajo decente”
para un abordaje metodológico de corte cualitativo que permitió explorar
la apropiación de concepto en entornos institucionales.
Palabras clave
Derechos Humanos; trabajo decente; empleo; protección social;
desarrollo.
Abstract
The concept of decent work finds a deep bond with human rights, a
category that does not exclude the productivity or development of na-
tions, however in Latin America and particularly in Colombia, its imple-
mentation constitutes a challenge. This text reports on an analysis of
SDG 8 ‘Decent Work and Economic Growth’ and its jurisprudential de-
velopment from the perspective of the Colombian High Courts, first from
the specific goals that allow decent work to be configured as a concept
and second, through the review of judicial decisions that refer to the con-
cepts of syndical freedom, safe work, child labor, health and well-being
at work. For such purposes, “decent work” was used as a transversal
category for a qualitative methodological approach that allowed explor-
ing the appropriation of the concept in institutional settings.
Keywords
Human rights; decent work; employment; social protection;
development.
Introducción
El trabajo en Colombia de acuerdo con la Constitución Política (Art. 25) es un
derecho y una obligación social, goza de la protección del Estado y se alinea con la
categoría otorgada en la declaración de Derechos Humanos, con fuerza vinculante
para Colombia, sin embargo, más allá de que la Carta taxativamente lo señale, re-
saltamos el derecho de toda persona a tener un trabajo en condiciones “dignas y
justas”, es un concepto abstracto que debe ser construido. Un trabajo connotado
con estas dos categorías en un Estado Social como Colombia, es un desafío.
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Rafael Zúñiga-Mercado, Rafaela Sayas-Contreras
SABER, CIENCIA Y Libertad | ISSN 1794-7154 / e-ISSN 2382-3240 | Vol. 18, No. 1, Enero - Junio 2023 | Págs. 157-193
En las últimas tres décadas, a propósito de la expedición de la Constitución de
1991 y la declaración del Estado Social de Derecho, el panorama económico, ju-
rídico y político Colombiano se ha complejizado, polarizando a la sociedad en un
debate interminable entre sectores tradicionales y sectores más progresistas, que
ha ganado adhesiones en ambos frentes, desbordándose en lo que se ha denomi-
nado “el estallido social”3, marcando un profundo cambio que fue evidente con la
elección democrática del primer gobierno de izquierda en cabeza del presidente
Gustavo Petro para el período 2022- 2026.
Es en este contexto histórico, donde la exigencia de condiciones de trabajo “dig-
nas y justas”, han permitido introducir la categoría de análisis de “trabajo decente”,
promovida desde organismos supranacionales como la Organización Internacional
del Trabajo (OIT) y el Sistema de Naciones Unidas, esta primero con los Objetivos
de Desarrollo del Milenio (ODM) y luego con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
(ODS). Término acuñado por vez primera en junio de 1999, en la 87a Conferencia
Internacional del Trabajo en Ginebra (Suiza), como racero que posibilita vincular
el desarrollo económico de los países con los derechos laborales de las personas,
en especial con la dignidad y la libertad. Parámetro que permitirá hacer un análisis
desde los ODS y la jurisprudencia de las Altas Cortes en Colombia, primero desde
las metas específicas que permiten configurar el trabajo decente y segundo desde
las diferentes decisiones judiciales que aluden a los conceptos de libertad sindical,
trabajo seguro, salud y bienestar en el trabajo, trabajo infantil y trabajo decente en
razón de los fines del Estado.
En lo que atañe al aspecto formal, la concepción legal del trabajo en Colombia
ha sido definida en el artículo 5º del Código Sustantivo del Trabajo y se reconoce
dentro de un contexto económico, jurídico y social bajo los principios de coordina-
ción económica y equilibrio social con el siguiente tenor “ toda actividad humana
libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona na-
tural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad,
siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo”, quiere decir ello que
la definición de trabajo, presupone la de libertad, aspecto un tanto problemático y
abstracto en su delimitación.
3 El Comité Nacional de Paro insistió en que la lucha iniciada el 28 de abril iba contra la Reforma Tributaria y por la negociación del Pliego de
Emergencia que ya había sido presentado al gobierno en junio de 2020, y cuya negociación fue exigida en tres movilizaciones nacionales,
llevadas a cabo en septiembre, octubre y noviembre del año anterior. Este pliego corto expone propuestas para atender necesidades básicas
y urgentes, y “aliviar la grave situación de miseria en que se está hundiendo el pueblo colombiano”, y no implica la renuncia a los 194 puntos
que motivaron las movilizaciones iniciadas el 21 de noviembre de 2019 (21 N), que fueron expuestos y discutidos en la “gran conversación
nacional”, realizada entre noviembre de 2019 y marzo de 2020, y coordinada por Diego Molano (actual Ministro de Defensa), que no produjo
resultado efectivo alguno, pese a sumar 45 reuniones y 11 encuentros regionales, durante los cuales se recogieron 1.200 propuestas y se
pronunciaron 13.000 participantes. por Martha Cecilia García y Santiago Garcés En: https://www.revistaciendiascinep.com/home/notas-
sobre-un-estallido-social-en-colombia-el-paro-nacional-28a/, consultado julio de 2022.

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