Resolución número 000138. Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT aplicable para el año 2013 - Suplemento - Estatuto Tributario Nacional - Libros y Revistas - VLEX 439323338

Resolución número 000138. Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT aplicable para el año 2013

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas1463-1464
Resolución No. 138 de 21 Noviembre de 2012
1463
RESOLUCIÓN NÚMERO 000138
(21 NOV 2012)
Por la cual se ja el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año
2013
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en el artículo 868 del
Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 868 del Estatuto Tributario establece la Unidad de Valor Tributario - UVT,
como la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones
relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales, la cual se reajustará anualmente en la variación del índice de precios
al consumidor para ingresos medios, certi cada por el Departamento Administrativo Nacional
de Estadística, en el periodo comprendido entre el primero 1º de octubre del año anterior al
gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.
Que de acuerdo con la certi cación suscrita por la Coordinadora del Grupo Banco de Datos
de la Dirección de Difusión Mercadeo y Cultura Estadística del Departamento Administrativo
Nacional de Estadística - DANE, la variación acumulada del índice de precios al consumidor
para ingresos medios, entre el 1º de octubre de 2011 y el 1º de octubre de 2012, fue de
3,04%.
Que el inciso tercero del artículo 868 del Estatuto Tributario establece que le corresponde
al Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, publicar mediante
Resolución antes del 1º de enero de cada año, el valor de la Unidad de Valor Tributario –
UVT, aplicable para el año gravable siguiente.
Que por lo anterior, se hace necesario establecer el valor de la Unidad de Valor Tributario –
UVT, que regirá para el año gravable 2013.
Que de conformidad con el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 se efectuó
la publicación del proyecto con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas
alternativas.
En mérito de lo expuesto, el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT. Fijase en veintiséis mil
ochocientos cuarenta y un pesos ($26.841) el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT,
que regirá durante el año 2013.

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