El Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Zipaquirá (Cundinamarca), hace saber que fue declarado en interdicción Jorge Armando Gómez Olaya - 18 de Febrero de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 252308298

El Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Zipaquirá (Cundinamarca), hace saber que fue declarado en interdicción Jorge Armando Gómez Olaya

EmisorVarios
Número de Boletín47987

de ZipaquirUE (Cundinamarca) Para los efectos legales y en la forma prevista por el artUculo 536 del CU³digo Civil y lo dispuesto en el numeral 7 del artUculo 659 del CU³digo de Procedimiento Civil, modiicado por el artUculo 42 de la Ley 1306 de 2009, numeral 8. HACE SABER:

Que por Sentencia del 12 de febrero de 2010, dictada por este Juzgado y conirmada por el Tribunal Superior de Cundinamarca, Sala Civil - Familia, mediante fallo del 21 de octubre de 2010, fue declarado en InterdicciU³n por causa de Discapacidad Mental, a Jorge Armando GU³mez Olaya, mayor de edad, nacido el 10 de mayo de 1972 en ZipaquirUE, (Cundinamarca), identiicado con cU©dula de ciudadanUa nUºmero 80545303, y se le designU³ como curadora deinitiva del discapacitado mental a su hermana Aurora GU³mez Olaya, mayor de edad, identiicada con la cU©dula de ciudadanUa nUºmero 35406212 de ZipaquirUE, (Cundinamarca), quien asumirUE el cuidado de aquel, su representaciU³n, y la administraciU³n de sus bienes. Para conocimiento del pUºblico en general, se entregan copias del presente aviso a la parte interesada, para los efectos de su publicaciU³n por una vez en el Diario Oicial, conforme a las normas arriba citadas y en uno de los siguientes periU³dicos: El Tiempo, El Espectador, La RepUºblica o El Siglo, hoy 15 de febrero de 2011.

El Secretario, Fernando MelU©ndez VU©lez.

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21100432. 17-II-2011. Valor $31.300 i a r i...

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