Concepto nº 220-005628, de Superintendencia de Sociedades, de 10 de Febrero de 2005 - Normativa - VLEX 415001529

Concepto nº 220-005628, de Superintendencia de Sociedades, de 10 de Febrero de 2005

Mediante el cual solicita se le indique la base jurídica y/o contable sobre la cual se apoya esta Superintendencia para emitir conceptos, la forma y medio a través de los cuales estos se publican o dan a conocer, cuando y a quienes son aplicables, y cuál es el procedimiento para que un concepto deje de tener aplicación.

Como primera medida y a modo de premisa indispensable en la solución de sus inquietudes, le informo que en atención a lo previsto por el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, la Superintendencia de Sociedades debe resolver las consultas escritas o verbales que le sean formuladas, siempre y cuando tengan relación con las materias a su cargo, y siendo así, debe tramitarlas con economía, celeridad, eficacia e imparcialidad, en un plazo que no puede exceder de treinta (30) días hábiles.

En armonía con lo anterior, y en concordancia con lo señalado por el numeral 24 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 82 de la Ley 222 de 1995 que establece la competencia de la Superintendencia de Sociedades, dice lo siguiente: "El Presidente de la República ejercerá, por conducto de la Superintendencia de Sociedades, la inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, en los términos establecidos en las normas vigentes", de manera que ese es el punto de referencia que debe seguir este Organismo para la atención de tales asuntos, tanto en el orden jurídico como en el contable.

Ahora bien, el marco legal al cual debe circunscribirse la Entidad, tanto en materia jurídica como contable, para la solución de las consultas a ella planteadas, lo comprende principalmente el Libro Segundo del Código de Comercio, el cual fue modificado por la Ley 222 de 1995, la que contiene facultades tanto de orden judicial como administrativo, la Ley 446 de 1998 que también le atribuye facultades jurisdiccionales, la Ley 550 de 1999 o de Reestructuración Económica y, en materia contable, los Decretos 2649 y 2650 de 1993; además de estos, los Decretos, Circulares y Resoluciones que los reglamenten, en los asuntos bajo su cargo.

En cuanto a la difusión de dichos conceptos, le informo que estos se encuentran en la página de internet de esta Superintendencia, cuya dirección es www.supersociedades.com.co, o en los Libros de Doctrinas Jurídicas y Contables publicados por esta Entidad, los...

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