Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 60966 de 25 de Junio de 2014
Sentido del fallo | CASA TOTALMENTE / FALLO DE INSTANCIA - CONFIRMA TOTALMENTE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala de Descongestión Laboral de Bogotá |
Fecha | 25 Junio 2014 |
Número de sentencia | SL8248-2014 |
Número de expediente | 60966 |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN
Magistrada ponente
SL8248-2014
Radicación n.° 60966
Acta 22
Bogotá, D.C., veinticinco (25) de junio de dos mil catorce (2014)
Decide la Corte el recurso de casación, interpuesto por AMBAS PARTES, contra la sentencia proferida por la S. Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 14de diciembre de 2012, en el proceso que adelantó ALFREDO BENAVIDES FORERO contra el BANCO POPULAR S.A.
- ANTECEDENTES
A.B.F. llamó a juicio al Banco Popular S.A., para que fuera condenado a reliquidarle la primera mesada pensional a partir del 5 de abril de 1997 en cuantía de $981.271,43, junto con los correspondientes reajustes, intereses moratorios y las costas del proceso.
Fundamentó sus peticiones, básicamente, en que con anterioridad, y ante la negativa del Banco Popular de reconocerle la pensión legal de jubilación a que tenía derecho por haber laborado durante más de 20 años como trabajador oficial, demandó y obtuvo condena por pensión a partir del 5 de abril de 1997, en cuantía de $667.968,75 con las mesadas adicionales y los reajustes previstos en el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, compartible con la del ISS; que en dicho trámite no se tuvo en cuenta el verdadero salario base para liquidar la pensión «en razón a que por olvido, el anterior apoderado no aporto (sic) la certificación expedida por el demandado BANCO POPULAR S.A. la cual establece que el demandante tuvo un promedio de salario mensual en el último año de trabajo por valor de UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN PESOS CON NOVENTA /100 ($1.308.361,90), razón por la cual el monto pensional resulto (sic) mal liquidado y se pretende con esta acción su reliquidación»; que en esa oportunidad tampoco se condenó al pago de intereses moratorios; que buscó el reconocimiento de las pretensiones aquí formuladas a través de una acción de tutela que fue rechazada por la S. de Casación Penal de esta Corte, con la cual interrumpió la prescripción, al igual que con el trámite del correspondiente proceso ejecutivo ante el Juzgado 6º Laboral del Circuito. Agregó que el verdadero promedio de salario mensual devengado en el último año de servicio fue de $1.414.381,65, y que en las anteriores instancias no se ordenó la indexación de la primera mesada (folios 2 a 9).
Al dar respuesta a la demanda, la parte accionada se opuso a las pretensiones y aceptó los hechos, con excepción del que hace referencia al salario, pues adujo que el último promedio fue de $890.625 y aclaró: «El diecinueve es cierto, pues tal indexación no fue solicitada en la demanda promovida en proceso anterior».
En su defensa propuso las excepciones de cosa juzgada, inexistencia de la obligación, cobro de lo no debido y prescripción. Agregó que en el evento de acceder a las súplicas debe tenerse en cuenta que la suma de $1.308.381,90 corresponde al salario que se tuvo como base para efectos de liquidar cesantía, según lo previsto en el artículo 19 de la convención colectiva de trabajo; que las Leyes 33 y 62 de 1985 fijan los factores salariales para la liquidación de pensión de jubilación. Así mismo solicitó aplicar el inciso 3º del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 81215 del 02-12-2020
...base de liquidación, postura que ha sido reiterada en providencias CSJ SL, 5 jun. 2012, rad. 51403, CSJ SL698-2013, CSJ SL4106-2014, CSJ SL8248-2014, CSJ SL10506-20174, CSJ SL11386-2014, CSJ SL11384-2014, CSJ SL1361-2015, CSJ SL13076-2016, CSJ SL3191-2018 y CSJ SL2880-2019. Sobre el tema se......
-
SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 2 nº 85704 del 04-10-2021
...de tiempo entre la fecha del retiro del servicio y el reconocimiento y disfrute de la prestación, como se puede constatar en los fallos CSJ SL8248-2014; CSJ SL13076-2016; CSJ SL3191-2018; CSJ SL2880-2019; SL5087-2020 y CSJ SL649-2020, entre muchas. En ese sentido, ante los supuestos no disc......
-
SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 3 nº 90110 del 23-02-2022
...servicio y el disfrute de la pensión (CSJ SL, 28 ag. 2012, rad. 46832, CSJ SL, 5 jun. 2012, rad. 51403, CSJ SL698-2013, CSJ SL4106-2014, CSJ SL8248-2014, CSJ SL10506-2014, CSJ SL11386-2014, CSJ SL11384-2014 y CSJ SL1361-2015, CSJ SL13076-2016, CSJ SL3191-2018, CSJ SL2880-2019 y CSJ SL649-20......
-
SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 3 nº 79652 del 13-07-2022
...base de liquidación, postura que ha sido reiterada en providencias CSJ SL, 5 jun. 2012, rad. 51403, CSJ SL698-2013, CSJ SL4106-2014, CSJ SL8248-2014, CSJ SL10506-20174, CSJ SL11386-2014, CSJ SL11384-2014, CSJ SL1361-2015, CSJ SL13076-2016, CSJ SL3191-2018 y CSJ SL2880-2019. Sobre el tema (…......