Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100122030002016-01680-01 de 29 de Septiembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691989713

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100122030002016-01680-01 de 29 de Septiembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Bogotá
Número de sentenciaSTC13840-2016
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha29 Septiembre 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 1100122030002016-01680-01
MateriaDerecho Civil



LUIS ALONSO RICO PUERTA

Magistrado Ponente


STC13840-2016 Radicación n° 11001-22-03-000-2016-01680-01

(Aprobado en sesión del veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis)


Bogotá, D.C., veintinueve (29) de septiembre de dos mil dieciséis (2016).


Decide la Corte la impugnación formulada frente a la sentencia proferida por la S. Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 24 de agosto de 2016, dentro de la acción de tutela promovida por B&F Constructores SAS contra el Juzgado Quince Civil del Circuito de esta ciudad, trámite al cual fue vinculada la demandada en el proceso de amparo nº 2015-00079.


ANTECEDENTES


1. Actuando a través de apoderada judicial, la empresa accionante reclama la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por la autoridad convocada, al rechazar de plano un incidente de desacato incoado en el marco de una acción de tutela dirigida contra la Agencia Nacional de Minería.


2. En síntesis, la demandante expone que como consecuencia del resguardo constitucional por ella impetrado, mediante fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal el 17 de marzo de 2015, se ordenó que la entidad accionada procediera a inscribir una prenda en el registro minero, y que ante ello, «la Agencia Nacional de Minería, sin ni siquiera notificarnos de este hecho, procedió a su cancelación».


Indica que como ese comportamiento evidencia incumplimiento al fallo en mención, presentó ante el ad quem un incidente de desacato, el cual, luego de haberse devuelto al juez de primer grado y de superarse la «huelga judicial», fue rechazado «prácticamente de plano» mediante auto del 29 de marzo de 2016, decisión que mantuvo al resolver el recurso de reposición que se le presentó y abstenerse de conceder la «alzada», según proveído calendado el pasado 9 de agosto.

3. Pretende que «se ordene al Juzgado 15 Civil de Circuito de Bogotá, darle el debido trámite motivado al incidente de desacato promovido en contra de la Agencia nacional de Minería», para que «la orden impartida por el H. Tribunal Superior de Bogotá – S. Civil, sea de inmediato cumplimiento» (fls. 45 a 49, cd. 1).


RESPUESTA DE LA VINCULADA


La Agencia Nacional de Minería no hizo pronunciamiento concreto al presente asunto (fl. 60, ibídem).

LA SENTENCIA IMPUGNADA


El Tribunal de primer grado denegó el amparo, al considerar razonable la negación del trámite incidental, pues el juzgador verificó que la accionada cumplió el fallo de tutela porque en marzo de 2015 realizó la inscripción de la prenda minera abierta a favor de la actora «como consta en el Certificado de Registro Minero – folio 17-, independientemente de que en septiembre de dicha anualidad y por causas distintas a las que motivaron la formulación de la primigenia acción de tutela… se hubiere cancelado la misma», pues esta actuación...

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