Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49217 de 9 de Noviembre de 2016
Sentido del fallo | DECLARA FUNDADA LA CAUSAL DE IMPEDIMENTO |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Florencia |
Fecha | 09 Noviembre 2016 |
Número de sentencia | AP7691-2016 |
Número de expediente | 49217 |
Tipo de proceso | IMPEDIMENTO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
MAGISTRADO PONENTE
AP7691-2016
Radicación No. 49217
Aprobado en acta No. 353
Bogotá D.C., nueve (09) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
VISTOS
La Sala se pronuncia sobre el impedimento manifestado por DIELA H.L.M. ORTEGA CASTRO, M. del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, para conocer de la actuación adelantada en contra de ÁLVARO PACHECO ÁLVAREZ por el delito de concierto para delinquir.
HECHOS
Fueron consignados en la resolución de acusación de la siguiente manera:
[C]on fundamento en las imputaciones de testigos que señalan las presuntas relaciones del mencionado Congresista con miembros del Frente Caquetá (“FC”) de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (“ACCU”) y el frente Sur Andaquies del Bloque Central Bolívar (“FSA-BCB”), que hicieron presencia en el Departamento del Caquetá desde 1997 hasta 2001, el primero, y desde 2001 hasta 2006 el segundo, puesto que concurrió a diversas reuniones con miembros de esas organizaciones en las cuales se habría acordado su colaboración desde cuando se desempeñó como Director de Transito Departamental y Alcalde de Florencia (Caquetá), a través de gestiones que habría cumplido para legalizar documentos de vehículos que la organización conseguía ilegalmente; destinar aportes de la Alcaldía para el grupo armado ilegal e incidir en las fuerzas armadas para evitar acciones en contra del mismo, a cambio de que éste arremetiera contra milicianos de la guerrilla y extorsionistas que azotaban la región, según solicitud expresa de parte del procesado, al igual que para obtener su colaboración cuando aspiró a la Cámara de Representantes en 2006 y a la Gobernación en el 2007, pese a no salir elegido en las campañas.
ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES
1. El 19 de marzo de 2015 el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Florencia – Caquetá profirió sentencia absolutoria a favor de Á.P.Á. por el delito de concierto para delinquir. Decisión apelada por la Fiscalía.
2. Arribada la actuación a la Sala Tercera de Decisión del Tribunal Superior de Florencia, fue asignada al Magistrado MARIO GARCÍA IBATÁ, quien radicó proyecto de decisión, sin embargo, el 4 de octubre de 2016, la M. DIELA H.L.M. ORTEGA manifestó su impedimento para actuar, con fundamento en la causal 1º del artículo 99 de la Ley 600 de 2000, esto es «que el funcionario judicial, su cónyuge o compañero permanente, o algún pariente suyo dentro del cuarto grado de...
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