Acuerdo número 013 de 2023, por el cual se modifica, actualiza y adopta el Manual de Contratación, se modifica parcialmente el Anexo número 2 y se crea el Anexo número 5 (Acuerdos Estratégicos) del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) - 4 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 931386294

Acuerdo número 013 de 2023, por el cual se modifica, actualiza y adopta el Manual de Contratación, se modifica parcialmente el Anexo número 2 y se crea el Anexo número 5 (Acuerdos Estratégicos) del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex)

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez
Número de Boletín52385

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, los numerales 1 y 4 del artículo 9 del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, y el numeral 3 del artículo 9 y el artículo 47 del Acuerdo 013 del 8 de abril de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 1002 de 2005 transformó el Icetex en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que, el artículo 8 de la Ley 1002 de 2005 establece que, “Los actos que realice el Icetex para el desarrollo de sus actividades comerciales o de gestión económica y financiera, estarán sujetos a las disposiciones del derecho privado. Los actos que expida para el cumplimiento de las funciones administrativas que le confian la levy los estatutos; se sujetan a las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo. Los contratos

y demás actos jurídicos que deba celebrar y otorgar elIcetex como entidad financiera de naturaleza especial, en desarrollo de su objeto y operaciones autorizadas, se sujetarán a las disposiciones del derecho privado

Que, el artículo 15 de la Ley 1150 de 2007, que modificó el parágrafo I del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, instituye que “Los Contratos que celebren los Establecimientos de Crédito, las compañías de seguros y las demás entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades ” y que en todo caso, toda su actividad contractual se someterá a lo dispuesto en el artículo 13 de la misma disposición legal, modificado por la Ley 2195 de 2022, según el cual: “Las entidades estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual excepcional al del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, aplicarán en desarrollo de su actividad contractual, acorde con su régimen legal especial, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente según sea el caso y estarán sometidas al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal”.

Que, en desarrollo de los anteriores principios, deberán publicar los documentos relacionados con su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II) o en la plataforma transaccional que haga sus veces. Para los efectos de este artículo, se entiende por actividad contractual los documentos, contratos, actos e información generada por oferentes, contratista, contratante, supervisor o interventor, tanto en la etapa precontractual, como en la contractual y la poscontractual”.

Que, frente al régimen de contratación, el artículo 47 del Acuerdo 013 de 2022 del Icetex establece que “Los actos que realice el Icetex para el desarrollo de sus actividades comerciales o de gestión económica y financiera, estarán sujetos a las disposiciones del derecho privado. Los actos que expida para el cumplimiento de las funciones administrativas que Je confian la levy los estatutos, se sujetan a las reglas previstas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo ”,

Que, mediante Acuerdo 028 del 29 de junio de 2021 se adoptó el nuevo *Manual de Contratación y las Políticas de Celebración y Ejecución de Acuerdos Estratégicos y deroga un artículo del Acuerdo 029 de 2019, por medio del cual se aprueba el Estatuto de Presupuesto, del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex)

Que, mediante Acuerdo 07 del 23 de febrero de 2022 se modificó “e/ Manual de Contratación y el Documento de Políticas para la Celebración y Ejecución de Acuerdos Estratégicos, adoptados mediante Acuerdo 028 de 2021

Que, la actualización del Manual de Contratación y el Anexo número 2 instancias de Intervención del Icetex busca simplificar los tiempos de gestión contractual, dotar de mayor agilidad y efectividad sus trámites bajo el estricto respeto de la normatividad contractual para su aprovisionamiento y que lleva al cumplimiento de su misión, así como dar mayor claridad respecto de los principios de la contratación de la Entidad, el régimen disciplinario y los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

Que, el Anexo número 5 al Manual de Contratación regulará los Acuerdos Estratégicos de la Entidad, con el fin de responder a las necesidades de las áreas y agilizar los procedimientos internos, lo cual permitirá integrar y armonizar todo lo concerniente a los Acuerdos Estratégicos, con la actualización del Manual de Contratación de la Entidad.

Que, conforme con el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el presente Acuerdo y sus documentos anexos fueron publicados para comentarios de los ciudadanos por un término de cinco (5) días hábiles entre el 8 de marzo de marzo al 15 de marzo de 2023, sin comentarios.

Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1 Objeto

Adoptar las actualizaciones y modificaciones contenidas en el presente Acuerdo con respecto al Manual de Contratación de la Entidad, las que, una vez aprobadas serán integradas en el texto del Manual que será el texto vigente, aplicable y vinculante.

Artículo 2 Modificaciones y adiciones

Aprobar las siguientes modificaciones y adiciones encaminadas a la actualización normativa de la gestión de la actividad contractual del Icetex, en los siguientes numerales, las cuales se encuentran detalladas en el documento técnico:

1.1. Introducción

1.2. Naturaleza y régimen jurídico

  1. 4. Excepciones al ámbito de aplicación del Manual de Contratación

    1. Principios jurídicos aplicables a la contratación del Icetex

    2.8. Principio de transparencia

    2.9. Criterios de sostenibilidad

    5.1. Modalidades de selección y su procedencia

    6.2. Roles de cada instancia

    7.3. Controles de delegación

  2. 1.2. Bases del certamen para la invitación simplificada

    15.1.5. Adendas

    15.1.7. Acta de recepción de ofertas

    15.1.8. Calificación preliminar

    15.1.11. Publicación de aspectos habilitantes

    15.1.12. Audiencia de adjudicación

    1. Sanciones a las que se encuentran sujetos los servidores

    2. Gestión de calidad

    3. Solución de controversias

    Se incorpora el Anexo número 5 “Acuerdos Estratégicos”

    Parágrafo. El documento técnico, se encuentra anexo al presente Acuerdo y hace parte integral de él con 18 folios.

Artículo 3

Acuerdos Estratégicos. Aprobar la expedición del Anexo número 5 “Acuerdos Estratégicos”, el cual regula los Acuerdos Estratégicos de la Entidad.

Artículo 4

Comunicaciones, El presente Acuerdo deberá ser comunicado a través de la Secretaría General del Icetex a la Oficina Comercial y de Mercadeo, Vicepresidencia de Fondos en Administración, Vicepresidencia de Operaciones y Tecnología, Vicepresidencia Financiera, Vicepresidencia de Crédito y Cobranza, Oficina de Riesgos, Oficina Asesora de Planeación, a la Oficina Asesora Jurídica y Oficina de Control interno.

Artículo 5 Vigencia y derogatoria

El presente Acuerdo rige a partir de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias; en especial el Acuerdo 028 del 29 de junio de 2021 y el Acuerdo 07 del 23 de febrero de 2022.

Publíquese, comuniqúese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 2023.

La Presidenta de la Junta Directiva,

Ana Carolina Quijano Valencia.

La Secretaria Técnica de la Junta Directiva,

Mana Carolina Carrillo Saltarén.

MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR,

MARIANO OSPINA PÉREZ, ICETEX

  1. Disposiciones Generales

1.1 Introducción

La contratación del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, en adelante Icetex, se rige por las disposiciones normativas que integran el derecho privado colombiano al así establecerse en los artículos 13 y 15 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 8 de la Ley 1002 de 2005. El objetivo del presente Manual es orientar, determinar y disciplinar el desarrollo de la gestión contractual del Icetex con arreglo al régimen jurídico y los principios allí establecidos.

El presente Manual debe leerse en conjunto con sus anexos, a saber:

Anexo 1 Definiciones
Anexo 2 Instancias de intervención
Anexo 3 Régimen de garantías
Anexo 4 Reglas para la supervisión contractual
Anexo 5 Acuerdos Estratégicos Artículo 8

1.2 Naturaleza jurídica y régimen jurídico

1.2.1. Naturaleza jurídica

El Icetex, por virtud de lo señalado en los artículos I y 2 de la Ley 1002 de 2005, y el artículo 1.2.2.1. del Decreto 1075 de 2015, es una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, y sometida, en lo pertinente, a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.

1.2.2. Régimen jurídico de los actos y contratos

De conformidad con lo señalado en el artículo 15 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 8 de la Ley 1002 de 2005, el régimen legal de la contratación del Icetex corresponde al de Derecho Privado. Lo anterior, sin perjuicio que, de conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, durante su actividad contractual el Icetex se encuentra sujeto a los principios propios de la función administrativa (artículo 3 Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) y de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR