La Alianza del Pacífico y la integración jurídica latinoamericana. Antecedentes, balance y perspectivas - Cuarta parte. Alianza del pacífico ¿alternativa para la integración latinoamericana? - La arquitectura del ordenamiento internacional y su desarrollo en materia económica - Libros y Revistas - VLEX 950237038

La Alianza del Pacífico y la integración jurídica latinoamericana. Antecedentes, balance y perspectivas

AutorJuan Pablo Pampillo Baliño
Páginas367-405
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resumen
La presente ponencia aborda desde la perspectiva del proceso histórico
de la Integración en el Hemisferio Americano y del nuevo Derecho de la
Integración Regional, el contexto, surgimiento, desarrollo, estructura y
funcionamiento de la Alianza del Pacífico, reflexionando a su vez sobre sus
posibilidades y limitaciones desde diversos puntos de vista, principalmente,
económicos, geopolíticos y jurídicos, concentrándose específicamente en
este último.
palaras clae
Alianza del Pacífico, derecho de la integración, integración regional, inte-
gración latinoamericana.
astract
This paper presents the Pacific Alliance from the perspective of the historical
process of Regional Integration in the American Hemisphere and the new
Law of Regional Integration, referring its specific context, origin, develo-
pment, structure and functioning, together with some critical reflections
on its potentials and constraints from various viewpoints, mainly economic,
geopolitical and legal, focusing specifically on the latter.
key words
Pacific Alliance, Integration Law, Regional Integration, Integration of Latin
America.
introduccin
La integración jurídica es uno de los temas más trascendentes para la ciencia
del derecho de nuestro tiempo, pero sobre todo, para los juristas americanos1.
1 El presente texto corresponde a la ponencia in extenso presentada originalmente en el evento de
integranet en el marco de la Cátedra de las Américas, organizada por la Universidad del Norte
de Barranquilla el 1° y 2 de septiembre de 21 sobre la Alianza del Pacífico.
368 La Alianza del Pacíf‌ico y la integración jurídica latinoamericana...
Se trata de un nuevo paradigma que habrá de vertebrar a todas las discipli-
nas jurídicas y de articular los diferentes ordenamientos que conviven en
el marco del actual pluralismo2. La importancia de la integración jurídica
deriva, en primer lugar, de la trascendencia de los procesos económicos,
políticos, sociales y culturales de la ‘globalización’3.
Dichos procesos han propiciado –junto con otros factores y entre otras
cosas– la conformación de bloques regionales. Ahora bien, la conformación
de bloques regionales no responde solo al fenómeno de la globalización, sino
más bien al doble proceso de la ‘glocalización’ (globalización + localismos)5.
2 Me he ocupado de este tema en juan pablo pampillo baliño (212a).
3 La bibliografía sobre la globalización y sus diversos aspectos económicos, políticos, sociales y
jurídicos es prácticamente inabarcable. En un intento de orientar al lector interesado, cabe referirlo
a las siguientes obras generales y de fácil acceso: andré-jean arnaud (2). Entre modernidad
y globalización. jagdish bhagwati (25). En defensa de la globalización. El rostro humano de un
mundo global. Zygmunt Bauman (26), La globalización. Consecuencias humanas. ulrico beck
(1998). ¿Qué es la globalización? Falacias del globalismo, respuestas a la globalización. miguel
carbonell y rodolfo vázquez (compiladores) (21). Estado constitucional y globalización.
boaventura de sousa santos (29). Sociología jurídica crítica. Para un nuevo sentido común en
el derecho. rafael domingo, (28). ¿Qué es el derecho global? rafael domingo, martín san-
tiváñez y aparicio caicedo (coordinadores) (26). Hacia un derecho global. Reflexiones en torno
al derecho y la globalización. josé eduardo faria (21). El derecho en la economía globalizada.
francesco galgano (25), La globalizzazione nello specchio del diritto. paolo grossi (21).
De la codificación a la globalización del derecho. octavio ianni, (26). Teorías de la globalización.
marcos kaplan, (22). Estado y globalización. george soros (22). Globalización. joseph e.
stiglitz (22). El malestar en la globalización. joseph stiglitz (26). ¿Cómo hacer que funcione
la globalización? jesús villagrasa (23). Globalización ¿un mundo mejor? y danilo zolo (25).
Los señores de la paz. Una crítica del globalismo jurídico.
Fue así como surgieron los primeros bloques regionales como “un segmento mundial unido por
un conjunto común de objetivos, basados en nexos de tipo geográfico, social, cultural, económico
y político, que presentan una estructura formal constituida por convenios intergubernamenta-
les” manfred mols (1997). “La integ ración regional y el sistema internacional”. Además del
europeo, sin duda el más completo y exitoso, existen también otras experiencias –a las que nos
referiremos en su momento– en América, Asia y África. Cabe observar también que al menos
desde hace unos diez años, ha venido también planteándose la posibilidad de una integración
no regional, es decir, desvinculada de la continuidad geográfica –y también histórica, social y
cultural– como es emblemáticamente el caso de los países brics, si bien es cierto que la misma
puede encontrarse parcialmente preconizada en el proyecto apec que surge en la década de los
199 y ha tomado nueva forma transcontinental en el más reciente Acuerdo Estratégico Trans-
Pacífico de Asociación Económica (ttp) de 25.
5 El término ‘glocalización’ se acuña, hacia la década de 198, por ulrich beck y roland ro-
bertson. Cfr. miguel carbonell, (23). “Globalización y derecho: siete tesis”. Sobre los
regionalismos en América, el método para comprenderlo, sus antecedentes históricos y su situa-
ción actual puede consultarse josé luis coraggio et ál. (editores) (21). La cuestión regional en
América Latina.
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Juan Pablo Pampillo Baliño
La expresión “aldea global” de marshall mcluhan (1968), pone de
relieve la otra cara de la moneda, es decir, el resurgimiento de los localismos,
como una reacción de las comunidades intra-estatales –regiones históricas,
comunidades autonómicas, pueblos indígenas, tribus, ciudades, etcétera–,
que fueron engullidas por el Estado moderno y que con su actual debilita-
miento han encontrado mayores espacios de autoafirmación en el contexto
de la globalización, reivindicando no solo sus mercados locales, sino también
su cultura, sus formas de organización política y, desde luego, su derecho.
La relevancia del derecho de la integración se encuentra así, en primer
lugar, en la misma magnitud y alcance de los fenómenos contrarios –y
complementarios– de la globalización y los localismos y en su articulación
a través de bloques regionales, dentro del contexto de un nuevo pluralismo
político y jurídico que requiere de bisagras que lo articulen.
En segundo lugar, el derecho de la integración se encuentra estructuran-
do transversalmente a las demás disciplinas jurídicas especializadas. En el
ámbito europeo se habla desde hace varios años de un derecho constitucional
comunitario, de un derecho privado –civil y mercantil– comunitario, de un
derecho penal, medioambiental, cultural, etc., de naturaleza comunitaria. Es
decir, de un nuevo derecho de índole colaborativa, y armonizadora, que está
articulando a las ramas tradicionales de la ciencia jurídica y cuya producción
ha experimentado un aumento progresivo en los últimos años6.
Desde la segunda mitad del siglo xx, la integración europea ha confor-
mado una arquitectura institucional, un sistema de fuentes y una dinámica
de interpretación jurídica realmente sugerentes, que ha venido a replantear
conceptos y métodos jurídicos arraigados desde la época de la codificación,
conformando un nuevo ‘derecho bisagra’ precisamente adecuado para en-
frentar el pluralismo normativo de nuestro tiempo7.
6 En general, véase a ricardo alonso garcía (27). Sistema jurídico de la Unión Europea y a
rogelio pérez-bustamante (28), Historia política y jurídica de la Unión Europea.
7 Me he referido a este tema ampliamente en tres libros: juan pablo pampillo baliño (28).
Historia general del derecho; (212b). La integración americana como expresión de un nuevo derecho
global y (212a). Hacia un nuevo Ius Commune Americano. También en diversos ensayos consulta-
bles en mi página web académica: http://works.bepress.com/juan_pablo_pampillo. En general,
sobre el proceso de integración europea, la estructura institucional de la Unión Europea y el
derecho comunitario, pueden verse las siguientes obras: ricardo alonso garcía (1989). Derecho
comunitario, derechos nacionales y derecho común europeo. ricardo alonso garcía (27). Sistema
jurídico de la Unión Europea. klaus-dieter borchardt (2). El ABc del derecho comunitario.
mar campins-eritja (1996). Proceso de integración en la Unión Europea. maría dolores díaz-

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