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La ambivalencia de las adiciones y prórrogas contractuales, como supuestos de la inaplicabilidad del principio de planeación en materia contractual

AutorJohn Fredy Silva Tenorio
Cargo del AutorProfesional en Derecho
Páginas165-197
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En este trabajo se analiza el problema jurídico referente al
alcance de las adiciones y prórrogas en los contratos estatales
y si realmente las mismas son consecuencia de una indebida
y/o inexistente planeación contractual. A partir de lo anterior se
sostiene, como argumento central, que aquellos instrumentos
contractuales en sentido estricto no constituyen per se, falta y/o
indebida aplicación del principio rector de planeación, puesto que
el otorgamiento de aquella premisa debe responder al análisis en
concreto de cada situación objeto de estos instrumentos, para lo
cual resulta necesaria la existencia de razones que fundamenten
jurídica y fácticamente aquel actuar.
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Principio de planeación, adiciones contract uales, prór roga
contractual, contratación estatal, inmutabilidad de los contratos.
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Estatal propiame nte dicha, como de aquella sometida al derecho p rivado. Ha
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Universitario en pr egrado, posgra do y maestría . Bogotá, Colombia. Corre o
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John Fredy Silva Tenorio166

In this paper we analyze the legal problem regarding the scope
of additions and extensions in state contracts and indeed the same
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/ or improper application of the guiding principle of planning,
since the granting of that premise must respond to the analysis in
concrete of each situation that is the object of these instruments,
for which it is necessary the existence of reasons that found the
law and factually that act.
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Principle of planning, contractual additions, contractual
extension, state contracting, immutability of contracts.
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Para el Consejo de Estado Colombiano “la autonomía de la
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decidir si se contrata o no, de elegir el contratante, de escoger el tipo
de contrato, su contenido y régimen jurídico”2, siendo estas reglas
también aplicables a los contratos estatales, por remisión expresa
de los artículos 13 y 32 del Estatuto General de Contratación de la
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y restricciones legales que impone el ordenamiento jurídico estatal,
pero además partiendo de la discusión, creemos superada, entre
las grandes fronteras entre el derecho público y el privado, puesto
que el contrato estatal, como fuente creadora de obligaciones se
estructura, conforma, delimita y alimenta de los postulados del
derecho común en matera contractual3.
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3 Ha sido una consta nte la discusión e inter pretación que h istóricamente s e
ha efectuado ent re el derecho público y el priva do. Para el efecto se hace
relación a esta discu sión de la siguiente maner a: “Las luchas inte rnas entre
los privatistas y los pu blicistas deben su a mbigüedad al hecho de que lo s
La ambivalencia de las adiciones y prórrogas contractuales... 

que puedan suscitarse durante la ejecución del respectivo negocio
jurídico, puesto que en ellas se establecen las nuevas condiciones
en las cuales se efectuaran las prestaciones mutuas, dada la
sinergia siempre existente, entre el derecho contractual or iginario
y el estatal.
A partir de ese ejercicio de la autónoma de la voluntad, las partes
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confeccionados, lo cual redunda en transformar las condiciones
iniciales bajo múltiples supuestos fácticos y/o jurídicos. Esta lóg ica
teórica pero además práctica, resulta procedente y con alguna
frecuencia usual en materia de contratación estatal.
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central la cual se desarrollará tomando en consideración varios
pilares, los cuales consideramos contribuyen a explicar la situación
objeto de este escrito. Aquella idea central se resume en evidenciar
cuál es el alcance de las adiciones y prórrogas en los contratos
estatales y si realmente las mismas son consecuencia de una
indebida y/o inexistente planeación contractual. Para tales efectos
se analiza y presenta, de una part e, lo relacionado con la necesidad
   
actividad estatal, para luego analizar el concepto de inmutabilidad
de los negocios jurídicos y como aquel supuesto teórico no resulta
ser absoluto, sino mutable, dada la liberalidad de las partes de
transformar los pactos iniciales y de tal forma presentar en nuestra

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primeros, en t anto que gua rdianes del derecho de pr opiedad y del respeto a
la liberta d de los contratos, se ha cen defensores de la autonomía del derecho
y de los juristas c ontra todas la s intrusiones de la política y de los gr upos de
presión económicos y socia les y, en particular, contra el desa rrollo del derecho
adminis trativo, contra las reforma s penales y contra todas la s innovaciones en
materia social, c omercial o en la legislación del t rabajo”.  Pie rre y
  G unther, La fuer za del derecho, Estudio preliminar y t raducción de
Carlos Morales de Set ién Ravina.   
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   Tratado de la s Obligaciones II: De las fu entes de
las obligaciones: El negocio jurídico Volumen II.   
 
 

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