AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 102664 del 01-08-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842194868

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 102664 del 01-08-2019

Sentido del falloNIEGA NULIDAD
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 102664
Fecha01 Agosto 2019
Tipo de procesoSOLICITUD DE NULIDAD
Número de sentenciaATP1233-2019

L.G.S.O.

Magistrado ponente

ATP1233-2019

Radicación n.° 102664

Acta 190

Bogotá, D.C., primero (1°) de agosto de dos mil diecinueve (2019).

ASUNTO

En cumplimiento al auto del 30 de abril de 2019 proferido por la Sala de Selección de Tutelas nº 4 de la Corte Constitucional, se pronuncia esta Corporación frente a la solicitud de nulidad invocada el 9 de marzo[1] del presente año por J.L.T.V. y D.M.M.F., en calidad de accionantes, respecto del fallo de tutela proferido por esta colegiatura el 14 de febrero último a través del cual negó la acción de tutela impetrada por los citados, contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá.

ANTECEDENTES

1. Los demandantes presentaron acción de tutela en contra de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, en razón de su decisión del 17 de septiembre de 2018, por medio de la cual revocó la adoptada por el Juzgado 28 Laboral del Circuito de la capital del país, que reconocía a su favor, la existencia de un contrato realidad con la empresa Avianca.

Por fallo del 21 de noviembre del mismo año, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia negó el referido mecanismo constitucional, al desestimar la violación de garantía fundamental alguna, pues el proveído censurado se fundaba en argumentos razonables. Además, no se observaba trasgresión al derecho de igualdad, pues los funcionarios decidieron la litis facultados por los principios de autonomía e independencia que rigen el actuar judicial.

Impugnada tal determinación por los quejosos, esta Sala de Tutelas en providencia del 14 de febrero del año en curso la confirmó, y una vez enteradas las partes, remitió el asunto a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

2. Los actores, por memorial del 9 de marzo de 2019, solicitaron la nulidad de la última sentencia, el cual, habiéndose incorporado al expediente remitido, fue objeto de devolución por la Corte Constitucional mediante auto del 30 de abril pasado para que esta Sala se pronuncie al respecto.

Conforme con ello, la actuación fue allegada a este despacho, y a la misma se adjuntó solicitud radicada el 14 de junio, en la cual, los libelistas reiteraron su petición de nulidad.

CONSIDERACIONES

1. De conformidad con el artículo 2.2.3.1.1. del Decreto 1069 de 2015 (artículo 4 del Decreto 306 de 2000), y a efecto de resolver la nulidad postulada por los libelistas, corresponde aplicar los principios del Código General del Proceso.

2. En el presente caso, los actores solicitan la nulidad de la decisión adoptada por esta Sala el pasado 14 de febrero, por considerar, en lo esencial, que se omitió valorar todos los elementos de prueba aportados con la acción tuitiva y que acreditaban la incorrección del fallo emitido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá.

Pretensión que, contrario a lo sostenido por los memorialistas, no se ajusta a ninguna de las causales establecidas en el artículo 133 del Código General del Proceso, sino que, por el contrario, hacen parte de la discusión que se propuso al interior del trámite constitucional que fue resuelto negativamente.

En ese sentido, resulta evidente que con su propuesta lo que pretenden no es que se resuelva un punto no decidido en el fallo -como lo sugieren-, sino que se reconsidere el fundamento que soportó la decisión de la Sala...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR