AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49774 del 11-07-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873994191

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49774 del 11-07-2017

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Fecha11 Julio 2017
Número de expediente49774
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoREVISIÓN
Número de sentenciaAP4477-2017



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente




AP4477-2017

Radicación Nº. 49774

(Aprobado Acta No. 219)



Bogotá D.C., once (11) de julio de dos mil diecisiete (2017).



ASUNTO



Se pronuncia la Sala sobre el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de la demanda de revisión presentada por el apoderado de Jimmy Arley Acosta Ochoa contra la sentencia proferida el 21 de septiembre de 2012 por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, que confirmó de manera integral el fallo de primera instancia emitido el 23 de julio de esa anualidad por el Juzgado Octavo Penal del Circuito con funciones de conocimiento de esta ciudad, mediante el cual se le condenó a 500 meses de prisión como coautor responsable del delito de homicidio agravado en concurso con hurto calificado y agravado y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.



ANTECEDENTES



  1. Fácticos.


En el fallo que se demanda, fueron reseñados de la siguiente forma:


« …siendo aproximadamente las 7:00 de la mañana, del 1° de noviembre de 2009, la Policía Nacional recibió el reporte que en la transversal 18 Q bis – diagonal Sur, Barrio Las Acacias de la ciudad de Bogotá, se encontraba un hombre herido con arma de fuego, al que hallaron sin vida y que respondía al nombre de J.C., de ocupación carpintero y quien de acuerdo con el relato de la señora S.G.I. (esposa), se dirigía en compañía de un menor hijo de 9 años de edad H.A.C., por un sector del barrio citado, donde residían a comprar el desayuno, cuando aparecieron dos hombres, uno con arma de fuego de ilegal procedencia y otro con arma blanca, lo intimidaron y le exigieron que entregara cuanto llevaba consigo, los despojaron del dinero del bolsillo y quien tenía el arma de fuego, que resultó ser el acusado J.A.A.O., sin mediar palabra alguna disparó contra su humanidad, procediendo a huir posteriormente; con el producto del apoderamiento”.




  1. Procesales.


2.1. El 3 de noviembre de 2010 ante el Juzgado Treinta Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá, se desarrollaron las audiencias preliminares de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario.


2.2. Por lo anterior, la Fiscalía General de la Nación, el 1° de noviembre de 2012, presentó escrito de acusación contra A.O. por los delitos de homicidio agravado, hurto calificado agravado y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.


2.3. La actuación fue asignada al Juzgado Octavo Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Bogotá, despacho que dictó sentencia de carácter condenatoria contra A.O., imponiéndole la pena principal de 500 meses de prisión y “accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la restrictiva de la libertad”, como autor de los punibles mencionados.



2.4. Inconforme con esta decisión, la defensa interpuso el recurso de apelación, el cual fue desatado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, quien mediante fallo de 21 de septiembre de 2012, lo confirmó de manera integral.



2.5. Instaurada la demanda de casación por la defensa, esta Sala mediante providencia del 24 de 2012 no la admitió, sin embargo dispuso que, una vez surtido el trámite del mecanismo de insistencia, retornaría el proceso al despacho a fin de analizar la posible vulneración de las garantías fundamentales del procesado en lo atinente a la fijación de la sanción accesoria.


Por...

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