AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 5200122130002016-00294-01 del 22-02-2017
Sentido del fallo | DECLARACIÓN DE NULIDAD |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Fecha | 22 Febrero 2017 |
Número de sentencia | ATC1181-2017 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil - Familia de Pasto |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 5200122130002016-00294-01 |
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
Magistrado ponente
ATC1181-2017
Radicación n.° 52001-22-13-000-2016-00294-01
Bogotá, D. C., veintidós (22) de febrero de dos mil diecisiete (2017).
De la revisión del expediente a efectos de resolver la impugnación formulada contra la sentencia proferida el trece de diciembre de dos mil dieciséis por la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, se advierte que se ha incurrido en un vicio con alcance de nulidad insubsanable, el cual está llamado a ser declarado.
I. ANTECEDENTES
1. La accionante, se inscribió en la convocatoria No. 335 de 2016 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, dirigida a proveer los cargos vacantes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC, con miras a ocupar, en carrera administrativa, el cargo de D..
2. Admitida, la tutelante presentó la prueba de valoración médica, que arrojó como resultado NO APTA por presentar una inhabilidad por talla baja.
4. La accionante afirmó haber reclamado a la entidad accionada sobre dicho resultado, pero que no fue acogida su petición.
5. En criterio de la promotora del amparo, la anterior determinación vulnera sus derechos fundamentales, pues fue excluida del proceso de selección sin considerar que cumple con la estatura exigida en la convocatoria, tal y como lo demuestra con su cédula de ciudadanía, que registra una altura de «1.58 centímetros».
En ese sentido, pretende que se le «declare apto para continuar con el curso-concurso para el cargo de dragoneante ya que [mi] estatura no es ningún impedimento para ejercer el cargo de DRAGONEANTE». [Folio 8, c.1]
6. Por auto de 30 de noviembre de 2016, el Tribunal Superior de Pasto admitió a trámite el asunto dirigido contra la Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC, vinculó a la Universidad M.B. y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –INPEC y ordenó correr traslado a la convocada y vinculados para que ejercieran su derecho de defensa. [Folio 20, c.1]
8. Mediante sentencia de 13 de diciembre de 2016 se negó el amparo invocado, porque en la convocatoria a la que aplicó la accionante, se encuentran justificados objetivamente los requisitos de aptitud física para ser admitido en el proceso de selección, y que en el inciso tercero del artículo 52 del Acuerdo 563 de 2016, «claramente se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102300002022-00623-01 del 28-06-2022
...ser citadas como partes», disposición aplicable por remisión del cánon 4º del Decreto 306 de 1992. Sobre el particular, la providencia ATC1181-2017, reiterada en ATC032-2021 y ATC190-2021, recordó: (…) Si bien la tutela se caracteriza por ser un mecanismo breve y sumario, no es ajena a las ......
-
AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122030002022-00005-01 del 11-02-2022
...ser citadas como partes», disposición aplicable por remisión del cánon 4º del Decreto 306 de 1992. Sobre el particular, la providencia ATC1181-2017, reiterada en ATC032-2021 y ATC190-2021, recordó: (…) Si bien la tutela se caracteriza por ser un mecanismo breve y sumario, no es ajena a las ......
-
AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 6800122130002023-00173-01 del 23-05-2023
...ser citadas como partes», disposición aplicable por remisión del cánon 4º del Decreto 306 de 1992. Sobre el particular, la providencia ATC1181-2017, reiterada en ATC032-2021 y ATC190-2021, recordó: (…) Si bien la tutela se caracteriza por ser un mecanismo breve y sumario, no es ajena a las ......
-
AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 0800122130002022-00200-01 del 19-04-2022
...ser citadas como partes», disposición aplicable por remisión del cánon 4º del Decreto 306 de 1992. Sobre el particular, la providencia ATC1181-2017, reiterada en ATC032-2021 y ATC190-2021, recordó: (…) Si bien la tutela se caracteriza por ser un mecanismo breve y sumario, no es ajena a las ......