Autopoiesis del sistema jurídico: hacia el sistema de la comunicación audiovisual - Televisión y nuevas realidades tecnológicas y de mercado - Libros y Revistas - VLEX 950117559

Autopoiesis del sistema jurídico: hacia el sistema de la comunicación audiovisual

AutorRonald Pacheco Reyes
Páginas221-327
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capítulo cuarto
autopoiesis del sistema jurídico:
hacia el sistema de la comunicación
audiovisual
INtroduccIóN: PlaNteamIeNto de la hIPóteSIS
En el capítulo anterior, utilizando el concepto de entropía,
se explicó que el sistema jurídico colombiano1 se encontraba
en un estado de desorden como consecuencia de no poder
responder a las nuevas realidades tecnológicas y de mercado
estudiadas; además se pudo identificar por qué razón se
presenta la entropía: porque el concepto de servicio público
de televisión no abarca las nuevas realidades descritas2. Con
esta evidencia se planteó que, si el sistema no tenía suficiente
experiencia o estructura, entonces la solución al problema
de la entropía se resolvía con una propuesta de acople del
1 Se asume que, si un subsistema jurídico está en estado desorden, a pesar de
ser autónomo, comienza a generar desorden en el sistema que lo contiene
debido a que entre el sistema jurídico y sus subsistemas hay interconexión.
Ver el concepto de interconexión tratado en el capítulo primero.
2 Laguna de Paz, refiriéndose a la televisión, señala que “[e]l medio no refleja
sus posibilidades, sino el diseño del legislador. Sin embargo, una vez más
se constata que, cuando entre la norma y la realidad existe una distancia
tan grande, ésta última acaba imponiéndose a aquélla”: laguNa de Paz,
“Televisión: su lenta apertura a un horizonte competitivo”, cit.
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sistema jurídico a los nuevos fenómenos tecnológicos y de
mercado, lo que, en última instancia, genera la autopoiesis
el sistema jurídico.
En consecuencia, el interrogante que surge es: ¿cómo
realiza esta autopoiesis el sistema jurídico colombiano?
Teniendo en cuenta su estructura disponible3 y los pro-
blemas actuales que –utilizando términos sistémicos– se
convertirían en los estímulos provenientes de su entorno
para reaccionar, es decir, observando las nuevas realidades
tecnológicas y de mercado estudiadas para producir una
respuesta; de forma sencilla podría sostenerse que el dere-
cho cambia teniendo en cuenta su pasado y su presente con
el fin de adaptarse a su ambiente y continuar su desarrollo
futuro4. Esta operación se realiza desde y con la estructura
y organización disponibles en el propio sistema.
3 Schmidt-Assmann considera que la “función dogmática consiste en resolver
y decidir argumentalmente y de modo coherente, por referencia o relación a
un sistema, las concretas y singulares cuestiones jurídicas que se suscitan”:
SchmIdt-aSSmaNN. La teoría general del derecho administrativo como sistema,
cit., p. 7.
4 Es importante mencionar que actualmente se tramitan en el Congreso de la
República tres proyectos de ley relacionados con la televisión. El primero es
el proyecto de ley 04 del 20 de julio de 2015, “por la cual se redefine la política
pública y se ajusta la institucionalidad, regulación vigilancia y control de en
materia de servicios de televisión”. De este proyecto llama la atención que
se sigue presentando la definición tradicional de la televisión diferenciada
de cualquier otro medio de comunicación que utilice redes diferentes a las
de la televisión (Gaceta n.º 524 de 2015). El segundo proyecto de ley es el 068
del 11 de agosto de 2015 que tiene como objetivo “actualizar la legislación
vigente en lo referente al servicio público de televisión comunitaria” (Gaceta
n.º 594 de 2015). Finalmente, el tercero es el proyecto de ley 077 del 19 de
agosto de 2015, “por medio de la cual se establece el régimen de los servicios
de comunicaciones audiovisuales y la provisión de contenidos audiovisuales
sobre redes de telecomunicaciones” y que, en términos generales, parece
estar en consonancia con las ideas planteadas en este escrito (Gaceta n.º 610
de 2015). Es interesante estudiar estos proyectos de ley, de iniciativa del
Congreso, a la luz del artículo 142 de la Ley 5.ª de 1992 que establece como
proyectos de ley de iniciativa privativa del Gobierno los relacionados con la
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Acudiendo entonces al aspecto de la experiencia del
sistema puede destacarse –como se hizo en el capítulo
segundo– un dato relevante: cuando el sistema jurídico
colombiano se ha interesado en objetos como la televisión
u otros medios de comunicación, ha exhibido un patrón de
configuración5 continuo que comienza por la identificación
tanto de la conceptualización jurídica de la realidad obser-
vada como del diseño de la configuración institucional para
el control y la vigilancia del fenómeno que resulta concep-
tualizado. La interacción de estos dos componentes hará
emerger el subsistema con el que se pretende solucionar
el problema jurídico planteado.
Con la intención de detallar aún más la hipótesis se
pretende solucionar el problema jurídico estudiado, propo-
niendo la transformación6 del subsistema de la televisión al
“estructura de la administración nacional” (num. 2) y con la “[r]eservación
para el Estado de determinadas actividades estratégicas o servicios públicos,
con indemnización previa y plena a las personas que en virtud de esta Ley
queden privadas del ejercicio de una actividad lícita” (num. 19).
5 Se resalta nuevamente que la identificación de patrones para proponer hipó-
tesis que contribuyan a solucionar problemas jurídicos es una herramienta de
orientación que guía este estudio y que, como ya se ha mencionado, encuentra
su sustento teórico en los principios de la denominada nueva ciencia; y que,
por contraste con la ciencia clásica, la “Science ii, as the new science architecture
since the 1950s (Hollingsworth & Muller 2008), focuses on pattern formation and
pattern recognition”: müller, K. H. y rIegler, A., “Second-order science: A
vast and largely unexplored science frontier”, Constructivist Foundations
10(1): 7-15 (2014).
6 Señala Maturana que “[l]o más importante en la innovación es lo que se
quiere conservar, ahí está la clave. Por eso, la innovación tiene todo de trans-
formación […] hay un cambio, pero este siempre tiene que ver con aquello
que se quiere conservar”: http://innovacionymercado.cl/entrevistas/
humberto-maturana-muchos-venden-la-innovacion-de-la-boca-para-afuera
Esta reflexión es constatable en esta investigación pues, como se verá, a
pesar de que el derecho ha estado en un continuo flujo de cambio, hay un
aspecto que siempre se ha conservado en el sistema jurídico: el interés por
la comunicación al público, como se verá en este capítulo.

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