Resolución número 3449 de 2011, por la cual se autoriza el retiro de recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), al municipio de Panqueba (Boyacá) - 25 de Noviembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 334968706

Resolución número 3449 de 2011, por la cual se autoriza el retiro de recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), al municipio de Panqueba (Boyacá)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48264
4
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.264
Viernes, 25 de noviembre de 2011
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PROG
SUB
SUBP
OBJG
PROY ORD REC APORTE
NACIONAL
RECURSOS
PROPIOS TOTAL
1 0 5 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA
SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO
215, 000, 000.00 215, 000,000.00
10 RECURSOS CORRIENTES 215, 000,000.00 215, 000,000.00
2 GASTOS GENERALES 1,204,434,820.72 1,204,434,820.72
2 0 4 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 1,204,434,820.72 1,204,434,820.72
10 RECURSOS CORRIENTES 1,204,434,820.72 1,204,434,820.72
TOTAL CRÉDITOS SECCIÓN 3708 UNIDAD NACIO-
NAL DE PROTECCIÓN UNP
2,447,734,820. 72 2,447,734,820. 72
Artículo 3°. El Ministerio del Interior continuará ejecutando hasta el 31 de diciembre
de 2011 en lo pertinente, las apropiaciones comprometidas por el Ministerio del Interior
con anterioridad a la expedición del presente decreto. De igual manera se aplicará este
procedimiento para la ejecución de las Cuentas por Pagar y las Reservas Presupuestales de
las vigencias de 2010 y 2011.
Artículo 4°. Con el propósito de efectuar los ajustes necesarios en el Sistema Integrado
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procedimientos correspondientes al registro y operatividad de la información presupuestal
que se derive de la adopción del presente decreto.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
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
Juan Carlos Echeverry Garzón.
(noviembre 25)
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las contenidas en el numeral 10 del artículo 189 de la Constitución
Política y el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, autoriza al Presidente de la República para co-

Que el artículo 2° del Decreto 4173 de 2011 establece el objeto de la Unidad Admi-
nistrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones
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Que una vez expedido y publicado el Decreto 4173 de 2011, con fundamento en las
facultades extraordinarias conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 1444 de 2011, se
advirtió en el numeral 2 del artículo 2° un error de transcripción al referirse a la Ley 734
de 2001, en lugar de la Ley 734 de 2002.
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la entrada en funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial Agencia del inspector
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Que una vez expedido y publicado el Decreto 4173 de 2011, con fundamento en las
facultades extraordinarias conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 1444 de 2011, se
advirtió en el artículo 16 un error de transcripción al referirse al treinta de marzo de 2011
como fecha límite para la entrada en funcionamiento de la UAE-ITRC, en lugar de treinta
de marzo de 2012.
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artículos y 16 del Decreto 4173 de 2011.
DECRETA:
Artículo 1°. Corríjase el yerro contenido en el numeral 2 del artículo 16 del Decreto
4173 de 2011, el cual quedará así:
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competencia para realizar las investigaciones de las conductas que por su trascendencia
estén relacionadas con las faltas disciplinarias gravísimas establecidas en los numerales
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numeral anterior”.
Artículo 2°. Corríjase el yerro contenido en el artículo 16 del Decreto 4173 de 2011,
el cual quedará así:
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Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

Juan Carlos Echeverry Garzón.
(noviembre 25)
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
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las contenidas en el numeral 10 del artículo 189 de la Constitución
Política y el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, autoriza al Presidente de la República para co-

Que el parágrafo 4° del artículo del Decreto 4171 de 2011, establece el quórum
deliberatorio para las sesiones del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.
Que una vez expedido y publicado el Decreto 4171 de 2011, con fundamento en las
facultades extraordinarias conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 1444 de 2011, se
advirtió en el parágrafo 4° del artículo 3° un error de transcripción al referirse a la “Unidad
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Social - UGPP”, en lugar de la “Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales - DIAN”.
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DECRETA:
Artículo 1°. Corríjase el yerro contenido en el parágrafo 4° del artículo del Decreto
4171 de 2011, el cual quedará así:
“Parágrafo 
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asistentes”.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

RESOLUCIONES
Juan Carlos Echeverry Garzón.
RESOLUCIÓN NÚMERO 3449 DE 2011
(23 de noviembre)
por la cual se autoriza el retiro de recursos del Fondo Nacional de Pensiones

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de lo dispuesto en los artículos 3° y 6° de la Ley 549 de 1999; 2° y 3° del Decreto 1308 de
2003; el Capítulo III del Decreto 4105 de 2004, adicionado por el Decreto 2948 de 2010
CONSIDERANDO:
1. Que el municipio de Panqueba (Boyacá), mediante documento radicado con el nú-
mero 1-2011-026924 del 4 de mayo de 2011, elevó solicitud de retiro de recursos al Fondo
Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), conforme a lo establecido
por el artículo 4° del Decreto 2948 de 2010 que adicionó un parágrafo al artículo 13 del
Decreto 4105 de 2004.
2. Que en virtud de lo anterior y de acuerdo con lo que establece el mencionado pa-
rágrafo, “…Cuando la entidad territorial… haya alcanzado un cubrimiento de su pasivo
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en cuenta de la entidad...”.
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nado artículo 13 del Decreto 4105 de 2004, en el Sistema de información del FONPET, se
observó que el municipio se encuentra en la condición prevista en la norma.
4. Que para el caso del municipio de Panqueba (Boyacá), el saldo en cuenta, calculado
de acuerdo con el Decreto 4105 de 2004, asciende a la suma de $1.936.605.970.39 de los
cuales conforme a lo dispuesto por el Decreto 2948 de 2010, es posible efectuar el retiro
de $580.981.791.12 equivalentes al 30% de dicho saldo.

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