Aviso n?mero 051 de 2014 - 11 de Junio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 514869762

Aviso n?mero 051 de 2014

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49179

Bogotá D.C., 5 de junio de 2014

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG Dirección Ejecutiva

Asunto: Actuaciones administrativas en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la

Resolución CREG 126 de 2010.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG

HACE SABER:

Mediante la Resolución 126 de 2010 la CREG estableció los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema de cargos del Sistema Nacional de Transporte, y dictó otras disposiciones en materia de transporte de gas natural.

La metodología prevista en la Resolución CREG 126 de 2010 en su artículo 14, modificado por la Resolución CREG 066 de 2013, ha previsto el procedimiento que se debe adelantar para aquellos activos en servicio, exceptuando terrenos y edificaciones, cuya vida útil normativa se cumpla en el presente período tarifario.

La empresa Promigas S.A. E.S.P., en adelante Promigas, mediante las siguientes comunicaciones solicitó a la CREG dar aplicación a lo previsto en el artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010 a fin de adelantar las actuaciones administrativas con el objeto de reconocer el valor de los siguientes activos en servicio cuya vida útil normativa presuntamente está por terminar.

Radicado Nombre del activo o gasoducto
E-2013-012268 Regional Dibulla
E-2013-012270 Ramal a Juan Arias
E-2013-012271 Ramal Planeta Rica
E-2013-012272 Ramal Regional a Polonuevo
E-2013-012273 Ramal Cicuco - Mompox
E-2013-012274 Ramal a Sincé
E-2013-012275 Ramal Regional Manaure - Uribía
E-2013-012277 Ramal a Camilo Torres
E-2013-012278 Ramal Ponedera
E-2013-012281 Ramal Buenavista
E-2013-012282 Ramal Magangué
E-2013-012283 Ramal Güepajé - Magangué
E-2013-012285 Ramales a Aracataca y Fundación
E-2013-012397 Corozal - Sincelejo (Corozal - San Juan)

Frente a la última solicitud con Radicado E-2013-012397 se debe precisar que Promigas denominó a este gasoducto "Corozal - Sincelejo". Sin embargo, una revisión de los anexos de las resoluciones mediante las cuales se han establecido los cargos de transporte para esta empresa, permite concluir que este gasoducto para efectos regulatorios se denomina "Corozal - San Juan"; razón por la cual, para el trámite de la presente actuación administrativa y frente a la solicitud hecha por Promigas dicho gasoducto se denominará

"Corozal - San Juan".

En virtud de los principios de eficiencia, celeridad y...

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