Aviso número 009 de 2022 - 28 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 898318141

Aviso número 009 de 2022

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51962

Bogotá, D. C., 22 de febrero de 2022

AUTO: Proyecto IPAT "Bidireccionalidad Barranquilla-Ballena". Actuación administrativa en virtud de lo dispuesto en los literales b) y c) del artículo 4º de la Resolución CREG 107 de 2017. Modificado por el artículo 4º de la Resolución CREG 127 de 2021.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)

HACE SABER QUE:

Mediante la Resolución número 40304 de 2020 el Ministerio de Minas y Energía adoptó el Plan de Abastecimiento de Gas Natural en atención a lo dispuesto en el Decreto número 2345 de 2015. Esta resolución derogó la Resolución número 40006 de 2017. En el mencionado plan se define la siguiente obra:

"III) Bidireccionalidad Barranquilla - Ballena - Diseño, adecuación y montaje de la infraestructura necesaria para garantizar una capacidad de transporte bidireccional en el tramo Barranquilla - Ballena de 170 MPCD en Ballena.

- Fecha de Puesta en Operación: diciembre de 2022.".

Mediante la Resolución número 000330 de 2021, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME), definió los proyectos IPAT del Plan de Abastecimiento de Gas Natural susceptibles de ser ejecutados en primera instancia por el transportador incumbente del sistema de transporte correspondiente. El artículo 1º de la citada resolución, la UPME ordenó lo siguiente:

" Artículo 1º. Proyectos IPAT susceptibles de ser ejecutados por el Transportador

incumbente. Definir como proyectos IPAT los siguientes proyectos del Plan de Abastecimiento de Gas Natural, adoptado a través de la Resolución 4 0304 de 2020 del Ministerio de Minas y Energía:

En atención a las anteriores disposiciones, la Empresa Promigas S. A. E.S.P., mediante la comunicación numerada en la CREG como E-2022-000404, de fecha 6 de enero de 2022, declaró a la CREG lo siguiente:

"De acuerdo con lo establecido en la Resolución número 330 de 2021 de la Unidad de Planeación Minero-Energética y las Resoluciones CREG 107 de 2017, 127 y 175 de 2021, nos permitimos declarar la información correspondiente al Proyecto IPAT Bidireccionalidad Barranquilla - Ballena.

En el estudio técnico para el Plan de Abastecimiento de Gas Natural de fecha de julio de 2020, adoptado por el Ministerio de Minas y Energía a través de la Resolución número 40304 de octubre del mismo año, se establece que la mencionada bidireccionalidad debe disponer de 170MPCD de capacidad de transporte de gas entre Barranquilla y Ballena".

De acuerdo con lo previsto en la Ley 142 de 1994 y en la...

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