Aviso número 138 de 2016 - 12 de Octubre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 651227333

Aviso número 138 de 2016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín50024

Bogotá, D. C.

Asunto: Actuaciones administrativas ajuste de cargos artículo 14 Resolución CREG 126 de 2010 y revisión tarifaria de oficio iniciada con base en lo previsto en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)

HACE SABER QUE:

El numeral 73.11 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible.

Mediante la Resolución CREG 126 de 2010 la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema de cargos del Sistema Nacional de Transporte, y dictó otras disposiciones en materia de transporte de gas natural.

El artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010, modificado por el artículo 2º de la Resolución CREG 066 de 2013, ha previsto que un año antes del cumplimiento de la Vida Útil Normativa (VUN) del activo, el transportador, mediante comunicación escrita, deberá solicitar a la CREG el inicio de una actuación administrativa en los términos definidos en dicho artículo.

La CREG, con base en las solicitudes hechas por TGI y en aplicación de lo previsto en el artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010, modificado por el artículo 2º de la Resolución CREG 066 de 2013, adelantó la actuación administrativa del expediente 20140033, a fin de determinar el valor de la inversión a reconocer para los siguientes gasoductos que habían cumplido su vida útil normativa en el 2014, para lo cual expidió la Resolución CREG 162 de 2015. Dentro de los gasoductos de TGI que fueron objeto de valoración se encuentra el gasoducto Apiay-Usme.

Dentro del documento soporte de la Resolución CREG 162 de 2015 en el numeral 2 del Anexo 2 del se expuso los análisis en relación con la inversión existente a retirar.

Mediante comunicación con radicado CREG E-2016-001540 TGI solicitó el inicio de la actuación administrativa para una serie de gasoductos troncales y ramales en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010, modificado por el artículo 2º de la Resolución CREG 066 de 2013, ya que a juicio de la empresa dichos gasoductos cumplen su vida útil normativa en el año 2017. Dentro de los gasoductos allí enunciados se encuentran seis (6) ramales al gasoducto Apiay-Usme.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de la Ley 142 de...

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