Capítulo II: Aplicación del Código General del proceso al proceso arbitral en Colombia: integración e interpretación - Aspectos críticos del proceso arbitral en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 940467884

Capítulo II: Aplicación del Código General del proceso al proceso arbitral en Colombia: integración e interpretación

Páginas67-104
 II
CG


Por medio de este capítulo se busca dar desarrollo al objetivo


al proceso arbitral en Colombia:
       
   
 
En primer lugar, hay que decir que doctrinalmente, las
implicaciones del Código General del Proceso en el proceso arbitral
 
un lado las normas en que el mismo Estatuto Arbitral establece
que debe remitirse al Código de Procedimiento Civil, ahora Código
General del Proceso, ha tenido tres fechas en que diferentes normas
entraron en vigencia, unas a partir del 12 de julio de 2012, otras el


algunas normas del Estatuto Arbitral, aunque no se establezca de esta

inaplicables del Código General del Proceso respecto del proceso
arbitr al en Colombia.
Ahora bien, es necesario revisar con detenimiento lo concerniente
al carácter público del derecho procesal frente al principio estructural
que hace parte del derecho privado, denominado autonomía de la
voluntad, por cuanto según el mismo Estatuto Arbitral en su artículo
58, las partes podrán decidir por medio del pacto arbitral la aplicación
Cindy Charlotte Reyes Sinisterra
de normas e incluso el procedimiento en caso de someter el litigio


En los arbitrajes en que no sea par te el Estado o alguna de
sus entidades, los pa rticulares podrán a cordar las reglas de
procedimiento a seg uir, directamente o por referencia a las de
un centro de arbitr aje, respetando, en todo caso los principios
constitucionales que integ ran el debido proceso, el derecho de
defensa y la igualdad de las pa rtes. En el evento en que las partes
no establecieren reglas o el centro selecciona do para adelantar el
trámite no tuv iere reglamento de procedimientos debidame nte
aprobado, se aplicarán las reglas e stablecidas para cada caso en la

Frente a este aspecto, al igual que en vigencia del Código de
Procedimiento Civil, la posición personal defendida en este proyecto de
investigación será la de hacer primar la autonomía de la voluntad de las
partes, pero dentro del marco de protección del debido proceso que en
algunos casos será el marco de orientación en este tipo de actuaciones.
Para el caso del proceso arbitral, entendido desde una esfera radical
de la autonomía de la voluntad, no tendrían incidencia en las normas
del código, que decidan las mismas partes que deben excluirse, pero
por regla general si tendrá repercusión en todos los casos en que la
aplicación sea del Estatuto Arbitral y de reglamentos de centros de

Otro de los aspectos de gran relevancia para revisar el estudio que
se hace en este proyecto es lo concerniente a la entrada en vigencia
gradual que presentó el Código General del Proceso, aunque para
este momento se encuentra aplicando en su totalidad.





en la web:
    
a reglas de competencia, in admisión o rechazo de las demanda s,

Capítulo II. Aplicación del código general del proceso al proceso arbitral 
en los procesos, donde se dismi nuyan el número de memoriales
     

Los cambios en el procedimiento que no tuvieran que ver con la
oralidad empezarían a regir desde la expedición de esa ley, 12 de
ju lio de 2 010.
Las modicaciones procedimentales atinentes a la oralidad
entrarían a regir no en una fecha cierta y determi nada por el
legi slado r, sino a partir del 1 de enero de 2011 en forma gradual a
medida que se disponga de los recursos físicos necesarios, según lo
de termi ne”        

legislativa de establecer la vigencia de normas relacionadas con la

 
 
 

Posteriormente aparece el Código General del Proceso, el cual
presentó frente a la entrada en vigencia de su contenido normativo,
el siguiente panora ma:
Un primer grupo de normas  
jurisdiccionales de entidades administrativas, juramento
 
trámites notariales, implementación del CGP, y disposiciones
  
de 2012, fecha de expedición de la ley, y se viene aplicando a
los procesos en curso y a los nuevos.
Un segundo grupo de normas 
la competencia judicial, cuantías, cambio de radicación de
los procesos, interrupción de la prescripción e inoperancia de
la caducidad, desistimiento tácito, acumulación de fallos de
casación, cancelación, reposición y reivindicación de títulos
valores, insolvencia de persona natural no comerciante y

desde el 1 de octubre de 2012, y también se aplica a los procesos
viejos y nuevos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR