Capítulo II: La interpretación legal - De la interpretación legal a la interpretación constitucional - Libros y Revistas - VLEX 1027237803

Capítulo II: La interpretación legal

Páginas55-114
55
La interpretación legal

LA INTERPRETACIÓN LEGAL
OBJETO
A pesar de parecer una perogrullada, debe decirse que el objeto de la
interpretación legal es la ley misma, o sea, ese pronunciamiento solemne
del derecho que como ya habíamos dicho en otra tribuna es expresado por

momento y tiempo determinado culmina manifestada a través de reglas de
conducta.
La ley es al mismo tiempo pensamiento y voluntad, por cuanto supone un
acto cognitivo previo, y otro, un acto de imperio. Dicen algunos que es una
de las máximas expresiones de soberanía porque los órganos normadores,
principalmente el cuerpo legislativo, aún cuando deben su existencia a la
representación popular que ejercen, sus determinaciones, manifestadas en
reglas legislativas, no consultan en muchos casos el asentimiento de los otros
poderes públicos y mucho menos del Constituyente originario.
Creemos, por el contrario, que la ley es una de las expresiones más
evidentes de la democracia, pues se supone que es la misma voluntad del
pueblo la que se expresa por conducto de los órganos elegidos. El pueblo
(lex
est comunes republicae sponsio), indica la manera en que se elaboraban las
leyes en la antigua Roma, que sugería la aceptación de un pacto tácito entre
gobernantes y gobernados.
Y su legitimidad deriva de su mismo proceso de creación. Nada más
legítimo que el poder del Congreso; de ahí, la inmensa interconexión entre
la ley y los principios democráticos, circunstancia que no se concibe ni
 
 “Ley es una declaración de
voluntad soberana manifestada en la forma prevenida en la Constitución Nacional. El carácter
general de la ley es mandar, prohibir, permitir o castigar”.
Gilberto A. Blanco Zuñiga
56
siquiera en la obra del Ejecutivo, del Presidente de la República. Ello es
una consecuencia de que en el seno del órgano legislativo coexistan las
diversas fuerzas políticas, merced a un procedimiento público y abierto al que
concurren las diferentes opciones de poder, distinto al del primer mandatario,
que apoyado en la mayoría que lo lleva al poder dicta normas jurídicas;
pero que se hallan desprovistas de las características de publicidad, debate
y deliberación concurrentes todas, en el proceso de formación de las leyes.
MÉTODOS Y ESCUELAS DE INTERPRETACIÓN LEGAL
Como lo señala el profesor 
camino. Por tanto, todo método es un conjunto de disposiciones que pretenden
llevar hacia algo; el método jurídico en este supuesto es uno sólo, aún cuando

    las
técnicasparajarun determinadosentidodela normajurídica,connes
de individualización de la misma”.
No obstante la rigurosidad de lo que supone la esencia misma del “método”,
decía , que en la historia de la ciencia del derecho, el capítulo
referente a los métodos de interpretación no se planteó inicialmente como
una cuestión teórica sino que surgió por los hechos a la zaga de la práctica.
Por ello se explica que los juristas hayan siempre procedido al ritmo de los
cánones que se iban imponiendo, zizgagueando de un método al otro al azar
de su conveniencia circunstancial, sin acertar a explicarse ellos mismos la
razón de su versatilidad.
En este acápite se hará la presentación de los métodos y las escuelas que
     
germánico y en el derecho anglosajón sin que el orden en que están aquí
relacionadas corresponda necesariamente a una consagración cronológica,
más aún si se considera que muchas de estas escuelas surgieron en momentos
concomitantes.
 

  Leonel y , Abel. Introducción al estudio del derecho.

 , Enrique R. Introducción al derecho.
57
La interpretación legal
Se estudiarán aquí éstos porque su gran utilidad se evidencia en la manera
en que todos, unos más que otros, contribuyen a una argumentación jurídica
más sólida, consistente y coherente con las circunstancias de tiempo, modo
y lugar. A más que, inexorablemente, toda decisión judicial se construye,
en esencia, con base en la utilización de uno cualquiera de los métodos
hermenéuticos presentados como bandera por las distintas escuelas de
interpretación jurídica.

De manera general, tuvo como propósito fundamental la escuela de
la exégesis hallar la recta interpretación de la norma en la voluntad del
legislador, para lo cual habría de acudir a la ley misma.
  

método por ella utilizado fue el predilecto de los glosadores cuya técnica
consistía en hacer notas marginales a los textos del Corpus Iuris Civilis de
Justiniano.

a la escuela de la exégesis lo siguiente:
“Sin embargo, no bien se sancionaron los Códigos, el proceso mismo de su
aplicación judicial mostró, con la elocuencia de los hechos, cuan ilusoria
había sido la esperanza de que la codicación podía hacer superua la
labor de interpretación. Por supuesto que los juristas de aquella época no
alcanzabanapercibirconclaridadlarazónporlacualsehacíainútiltoda
tentativa de excluir las interpretaciones.
Frente al hecho consumado de que los códigos eran interpretados, el
racionalismo jurídico, ya que no podía evitarlo ni explicarlo en forma
conveniente, cambió de puntería y se afanó en la búsqueda de métodos
perfectos que, aplicados a las leyes, dieran automáticamente como resultado
su verdadera interpretación. Este fue el objetivo de la llamada escuela
de la exégesis, con el optimismo de la burguesía francesa victoriosa, que
había levantado los códigos como pilares de su dominación, creía poder
circunscribir la esfera de acción de los jueces e intérpretes dentro de márgenes
estrechos y consolidar la seguridad jurídica, –su seguridad jurídica– en que
estaba interesada por sobre todas las cosas”.
  Enrique R. Introducción al derecho.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR