Capítulo III: El contrato en la edad de las codificaciones
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captulo iii
El contrato en la edad de las codificaciones
1. la pervivencia en las codificaciones modernas
de la dialctica entre el contrato como
conventio
(acuerdo) y como
synllagma
(reciprocidad)
1.1. la pretendida regulacin de una categora
general de contrato con base en el acuerdo que
termina siendo fraccionada en una pluralidad
de tipos contractuales generales con fundamento
en la causa (contratos bilaterales y unilaterales,
onerosos y gratuitos)
No obstante el esfuerzo “simplificador” llevado a cabo en la última etapa
del derecho romano común para elaborar una “categoría general de con-
trato” (véase cap. ii, 1.3), estructurándola principalmente con base en el
“consentimiento” o “acuerdo de voluntades” (al que incluso se lo llegó a
considerar en alguna de las definiciones por “género próximo y diferencia
específica” contenidas en las codificaciones modernas como “género” de
la institución contractual), en desmedro de la “causa” (que a pesar de su
función dogmática de “diferencia específica” de la institución contractual
sólo aparece enunciada, en algunas de ellas, como elemento del contrato
en las definiciones por “partición”)490, esta –sin embargo– terminó por
colarse al ser tomada en consideración para distinguir (en las definiciones
“por división” referidas por la mayor parte de los códigos)491 entre con-
tratos “bilaterales y unilaterales” y “onerosos y gratuitos”, lo que condujo
–nuevamente– a un “fraccionamiento” de la tan mentada categoría general
en una pluralidad de “tipos contractuales generales”49.
Se advierte así que aún persiste en las codificaciones vigentes la dialéctica
entre una concepción del contrato fundada en la noción más omnicompren-
490 De estas problemáticas nos hemos ocupado con mayor detenimiento en Contrato y Sistema en
América Latina, Buenos Aires, 006, pp. 99 y ss., y 1 y ss.
491 También hemos analizado esta otra modalidad definitoria del contrato en Contrato y Sistema
en América Latina, cit., pp. 143 y ss.
49 La incidencia del elemento causal en estas clasificaciones y la pervivencia de la centralidad
de los tipos contractuales generales en el derecho contractual “viviente” es destacada, entre
otros, por V. roppo, “Il contratto”, en G. iudica y P. zatti (coords.), Trattato di diritto privato,
Milán, 001, pp. 433 y ss.
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