Capítulo Primero
Autor | David Alonso Roa Salguero/Mario Felipe Daza Pérez |
Páginas | 63-110 |
C P
1. PLANTEAMIENTO
personas, sin importar la distancia, donde este ubicado, ni como...
“redes sociales2”
WhatsApp, Facebook3, Twitter4 etc., todos estos programas hacen
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“un derecho de sentimiento”
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“Six Degrees”, ver al respecto el artículo de la BBC, “Si x Degrees: cómo
fue y quién creó la pr imera red social de internet, insp irada por la teoría de los
seis grados”, 2019.
3 Badoo, LinkedIn, Friend feed, Skype, Go ogle
+, Youtube, Tagged, hi5, Netlog, Myface, Zoom , Cisco, Meet, Team..., solo por
mencionar alg unos.
4 “El fenómeno de las rede s sociales ha tenido, en los último s años una proyección
y un crecimiento de co nnotaciones inesperad as, tanto en el ámbito local como e n
el global. Acompañand o el fenómeno de la globalización, ha llegado a es tablecer
nuevos hábitos y le nguajes en la socied ad moderna; tal com o ocurre con los
mensajes de texto d esde teléfonos móvile s” ¿Qué usuario de internet n o tiene
cuentas en Twitter, Facebook o a lguna otra red social? “Crímenes en la we b:
Los delitos del siglo XX I” de Diego F.
5 “Internet,
vida privada y red es sociales: nuevos retos” de Pedro Miguel Ase nsio en el libro
“Internet y el futur o de la democracia” de los compiladores Serge y
Daniel
6 “La lucha por el derecho”
“On liberty”.
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el valioso “derecho de la libertad de expresión”
Isaiah 7 nos enseña la libertad en sentido positivo y negativo
(“libertad negativa” es la esencia del autogobierno del individuo en
parte del Estado). Al respecto 8“ derecho
hu m a n o”
¿cómo? ¿quien? ¿dónde? se comunica... ¿Dónde tiene un hombre este
derecho?
la “libertad de expresión”
“El derecho a hacer lo que quiera con lo suyo o a llegar
a acuerdos voluntarios con otros propietarios”.
Hugo era bien conocido como “absolutista”
“libertad de expresión” amparándose en la Primera Enmienda de
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la propiedad, todo ha venido virando hacia una de
7
“Benjamín Constant,
el más elocuente d e todos los defensore s de la libertad y la int imidad, que no
había olvidado la dic tadura jacobina, declaraba qu e por lo menos la libertad de
catálogos de las liber tades individuales, pero el a rgumento que empleaban par a
tener a raya a la autor idad era siempre sustancialme nte el mismo”.
8 Liberta d de expresión, in juria y calumnia e n Murray Rothbard, compilado
por, Mario Felipe publicado en Cent ro Mises, 2015.
9
“La libertad de hablar y escribir sobre a suntos públicos es tan i mportante
resultado es su mu erte”. También dijo: “Dudo que un país pue da vivir en libertad
gobierno, sus acc iones o sus funcionario s, en una opinión para el caso New York
modo prohíbe totalme nte que el Estado ordenara a los c ríticos de las autori dades
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este derecho. Pues, si todos los que se consideran liberal (o libertario)
“relativo”, bien en un
última se deriva del derecho a la libertad como derecho individual que
igual como sucede con el de propiedad, tal como se plasma en las
“constituciones liberale s”. Con respecto a esto, Owen 10
“La libertad de expresión es uno de los aspectos más notables
y famosos del derecho constitucional; la libertad de expresión no
es un lujo, esta está vinculada estrechamente al núcleo de nuestra
.
Mientras que los libertarios11 (iusnaturalistas por esencia, o más
bien iusmoralistas) creen que los derechos son absolutos por esencia
12),
, , ... piensan que los derechos son “relativos13”,
ya que se pueden “ponderar”
14,
10 Libertad de expre sión y estructura so cial
“Tradicionalmente una expresión de opinión es protegida incluso
la misma regla no podrí a ser aplicada para fome ntar el debate público, donde el
Estado aparece co mo un amigo en lugar de com o un enemigo de la liberta d de
ex pr e si ón” ,
11 Nos consideramos lib ertarios, pero de impront a iuspositivista contemporánea (o
12 Para la de “ libertad de ex presión” no puede sosteners e como un
absoluto salvo que que de comprendida entr e los derechos generales de p ropiedad
individual (inclu yendo con todo énfasis los d erechos de propiedad sob re la propia
persona). Así, el hombre que g rita “ fuego” en un teatro lleno no tiene derech o
a hacerlo porque est á agrediendo los de rechos de propied ad contractu ales del
dueño del teatr o y de los patrocinadores de la fun ción.
13
14 “La discusión que su byace a la controve rsia
pública consiste en s aber si debemos ad optar una concep ción absoluta de los
derechos o, por el con trario, una con cepción relati va. La primera no a cepta
limitaciones a los der echos en ningún caso. La segun da permite tales limitaciones
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