Epílogo - Segunda Parte. La libertad de expresión de los servidores públicos en las redes sociales - Deber funcional y libertad de expresión en redes sociales. Un diálogo sobre la responsabilidad del servidor público - Libros y Revistas - VLEX 929178401

Epílogo

AutorDavid Alonso Roa Salguero/Mario Felipe Daza Pérez
Páginas161-166
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Se debe construir una dogmática del derecho disciplinario
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superior, y esto se debe realizar no solo por la doctrina, sino en
mayor medida por los operadores jurídicos (teoría jurídica pura, de
allí la importancia del iusrealismo1 como también del iuspositivismo
moderno). Las normas internas deben estar conectadas con el
constitucionalismo multinivel liberal, es decir, con el bloque de
constitucionalidad, tomando los pronunciamientos no solamente de
lo que ha dicho la Corte Constitucional sino también la Corte IDH y
las comisiones respectivas.
Emitir opiniones e ideas contrarias, o aquellas que son irrespetuosas
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deba ser tarea de la dogmática disciplinaria patentar este error. De la
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antijurídico materialmente y probado objetivamente. No todo hecho
generador ocasiona un daño, y si lo causa se analiza si este además
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penal o en nuestro caso, disciplinariamente o administrativamente.
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(principio de veracidad) no permitiría la responsabilidad del sujeto
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alguna conducta.
1 “Para los realistas ameri canos, el derecho n o se encuentra c ontenido solo en
ciertas reglas pre establecidas, sino que se halla t ambién dentro de las deci siones
judiciales”, ver,  & , 2006. Aunque nosotros somos
partida rios de un realismo jur ídico en parte esca ndinavo, pero sobre todo genovés
con base iuspositivi sta.

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