Circular externa 00000047 de 2022 - 12 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 913209345

Circular externa 00000047 de 2022

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52185

Para: Secretarías de Salud del Orden Departamental, Distrital y Municipal o la Entidad que Haga sus Veces, Entidades Promotoras de Salud -EPS, Entidades Adaptadas Regímenes Especiales y de Excepción e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS Públicas y Privadas

De: Ministra de Salud y Protección Social.

Asunto: Instrucciones para Fortalecer el Acceso Efectivo a la Atención

Integral En Salud de las Gestantes y los Recién Nacidos con el Propósito de Reducir la Mortalidad Materna.

Fecha: 11 de octubre de 2022

El Ministerio de Salud y Protección Social ha dispuesto, a través de las Resoluciones 3202 de 2016 y 3280 de 2018, modificada esta última por la Resolución 276 de 2019, la definición y adopción de los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención en Salud Materno - Perinatal (RIAMP), la cual incluye las intervenciones individuales y colectivas costo efectivas, los protocolos, las guías y los demás lineamientos operativos sobre el tema y la que, además, reconoce los avances de la ciencia médica, los sistemas de cuidado propios de las comunidades étnicas y los instrumentos adoptados por cada institución. Lo anterior, hace parte de la materialización de la obligación estatal de protección y garantía del derecho a la salud de la mencionada población, considerando esto como una ventana de oportunidad para incidir a largo plazo en la calidad de vida y salud de las personas.

Adicionalmente, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en los Decretos 216 de 2021, que adopta el Estatuto Temporal por Protección de Migrantes y 64 de 2020, en relación con la afiliación oficio, compilados en el Decreto 780 de 2016 y la Resolución 1128 de 2020 que reglamenta la inscripción de oficio respecto a la atención en salud de mujeres gestantes migrantes no regularizadas.

En consecuencia, este Ministerio en su calidad de órgano rector del sector salud, en el marco de sus competencias y con sujeción de manera especial a los principios pro homine, de continuidad y de oportunidad consagrados en el artículo 6º de la Ley 1751 de 2015, Ley Estatutaria de la Salud, imparte instrucciones tendientes a que se fortalezcan las acciones que garanticen la atención integral en salud a las mujeres y personas en estado de gestación y a los recién nacidos, al tratarse de población que demanda una especial protección, en los términos de los artículos 44 y 46 de la Constitución Política de Colombia de 1991 y el artículo 11 de la precitada ley estatutaria.

De esta forma y acorde con el marco normativo que regula las competencias de los actores destinatarios de la presente circular, se reitera la necesidad de fortalecer e intensificar las acciones de gestión de la salud pública y las intervenciones individuales, colectivas y poblacionales con impacto en la salud materna y la reducción de la mortalidad y se definan las acciones estratégicas de gestión del orden territorial en el marco del Plan de Aceleración para la Reducción de la Mortalidad Materna, disponible en:

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/lists/BibliotecaOigitaI/RIDENS/PP/plan-reduccion-aceleracion-materna-100-dias-Gobierno.pdf

  1. SECRETARÍAS DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE SALUD O LAS ENTIDADES QUE HAGAN SUS VECES.

    1. Cumplir con lo establecido en la Resolución 3280 de 2018, de manera que se garantice la gestión para la entrega efectiva y oportuna de las atenciones definidas en la Ruta Integral de Atención en Salud Materna - Perinatal.

    2. Liderar, acompañar y hacer seguimiento al proceso de adaptación de las atenciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º de la Resolución 3280 de 2018. Este proceso debe facilitar el diálogo horizontal, la comunicación y el relacionamiento con el sistema de cuidado de las comunidades étnicas donde parteras y agentes de la medicina tradicional tienen un rol fundamental, de tal manera que se favorezca el reconocimiento, comprensión y construcción conjunta entre los distintos saberes.

    3. Desarrollar y fortalecer las capacidades en el talento humano para la aplicación de los enfoques diferenciales en la atención integral en salud, en concordancia con lo descrito en la Resolución 3100 de 2019, en particular el estándar de procesos prioritarios-criterios 4.2 y 6.

    4. Planificar y definir, en coordinación con las entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras de servicios de salud, las instituciones que realizarán la atención de las gestantes con emergencias obstétricas y los recién nacidos con complicaciones. Las IPS seleccionadas deben contar con la disponibilidad y suficiencia de los servicios de salud requeridos y garantizar el acceso y la oportunidad de la atención sin que medien barreras administrativas, económicas o geográficas, y que cumpla con los indicadores de calidad y reporte de información definidos en la Resolución 256 de 2016 (experiencia y satisfacción del usuario y calidad técnica).

    5. Informar a todos los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud de su jurisdicción las instituciones prestadoras de servicios de salud que atenderán las gestantes con emergencias obstétricas y las complicaciones del recién nacido, según los acuerdos y mecanismos definidos en el numeral anterior.

    6. Monitorear la disponibilidad y suficiencia de métodos de anticoncepción en la red de prestación de servicios de salud, de acuerdo con la estimación proyectada por este Ministerio, disponible en: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/lists/BibliotecaDigital/ RIDENS/PP/anexoestimacion-metodos- y anticonceptivos-ips-dts-2022.zip y las responsabilidades definidas en la Resolución 3280 de 2018.

    7. Implementar redes colaborativas institucionales para los procesos de asistencia técnica y clínica, la regulación de urgencias y la activación de acciones de telesalud, incluyendo la modalidad de prestación de telemedicina, esto último de acuerdo con lo establecido en la Ley 1419 de 2010 y la Resolución 2654 de 2019.

    8. Fortalecer y articular los...

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