Circular Externa 074 - 18 de Noviembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43230288

Circular Externa 074

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín46096

Señores: Usuarios y funcionarios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Asunto: Decreto 3744 de 2005 ¿ modificación al Decreto 1140 de 2005.

Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 3744 del 21 de octubre de 2005, el cual modifica los artículos 1º y 4º del Decreto 1140 del 14 de abril de 2005, estableciendo un contingente anual de acceso preferencial de 7000 toneladas para la importación de carne de bovino, despojos comestibles y vísceras, distribuidos de la siguiente forma:

  1. Un contingente anual preferencial de 3.800 toneladas, para la importación de los bienes clasificados por la subpartida arancelaria 0201.30.00.10.

  2. Un contingente anual preferencial de 3.200 toneladas, para la importación de los bienes clasificados por las siguientes subpartidas arancelarias:

0201.30.00.90 0206.21.00.00 0210.20.00.00 0504.00.30.00

0202.30.00.00 0206.22.00.00 0504.00.10.00

0206.10.00.00 0206.29.00.00 0504.00.20.00

El artículo 2º de la norma en mención modifica el artículo 4º del Decreto 1140 de 2005, en cuanto a que los contingentes establecidos serán reglamentados y administrados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Las solicitudes de importación correspondientes a dichos contingentes deberán indicar que se acogen al Decreto 3744 del 21 de octubre de 2005 y serán registradas por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, únicamente si el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural concede la autorización respectiva, la cual se requiere para el levante de la mercancía.

Los contingentes de importación provenientes de los países de Mercosur, establecidos en el Decreto 141 de 2005, serán administrados por el país exportador a partir del 1º de enero de 2006, por lo que los documentos de asignación de cupos expedidos por los países de Mercosur deberán ser presentados ante la DIAN para su respectivo control.

El Decreto 3744 de 2005 comenzó a regir a partir del 25 de octubre de 2005, fecha de su publicación en el Diario Oficial número 46072.

Cordialmente,

El Director de Comercio Exterior,

Rafael...

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