Circular externa número 100-000003 de 2022 - 3 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 903496662

Circular externa número 100-000003 de 2022

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín52023

Señores

Representantes Legales, Contadores, Revisores Fiscales de las Empresas en Negociación o Ejecución de un Acuerdo de Reestructuración cuyo Nominador sea la Superintendencia de Sociedades

Referencia: Presentación de información periódica por parte de empresas que estén en proceso de negociación o de ejecución de un acuerdo de reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999, cuyo nominador sea la Superintendencia de Sociedades

Estimados Empresarios:

En el marco de la estrategia Estado Simple, Colombia Ágil1, que tiene como finalidad que las relaciones del ciudadano con las instituciones del Gobierno sean más ágiles y sencillas, a través de la simplificación y racionalización de trámites2, la Superintendencia de Sociedades considera pertinente ajustar las instrucciones impartidas mediante la Circular 100-000004 de 2016, sobre el asunto de la referencia, en el sentido de reducir la periodicidad y volumen de la información exigida, así como su universo, con el objetivo de permitir a los empresarios destinar recursos y tiempo para el desarrollo de sus negocios, sin descuidar la información mínima y necesaria que requiere esta autoridad para la fiscalización de las empresas destinatarias de la misma.

En ese orden, teniendo en cuenta nuestra Misión de contribuir al crecimiento económico y social, mediante la supervisión, protección y fortalecimiento de las sociedades para generar legalidad y equidad; así como nuestra Visión de ser una Entidad referente en términos de generación de valor a las sociedades, mediante prácticas, instrumentos y tecnologías innovadoras y formativas: Más Empresa, Más Empleo, se expide la presente Circular.

1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Con base en las atribuciones de Inspección, Vigilancia y Control otorgadas por la ley, esta Superintendencia está facultada para solicitar, confirmar y analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica o administrativa de las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras, empresas unipersonales y clubes con deportistas profesionales que sean corporaciones o asociaciones (en adelante conjuntamente denominadas las "Empresas'), en la forma, detalle y términos que considere procedentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995, la Ley 1445 de 2011 y el Decreto 1736 de 2020, modificado parcialmente por el Decreto 1380 de 2021.

2. SUJETOS OBLIGADOS Y FORMA DE PRESENTACIÓN

La información periódica requerida en esta Circular deberá ser presentada por las Empresas que estén en proceso de negociación o de ejecución de un acuerdo de reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999, cuyo nominador sea la Superintendencia de Sociedades33.

Con el objeto de facilitar la presentación de la información, se ha diseñado el Informe denominado "Acuerdos de Recuperación", cuya codificación corresponde al código 03A-punto de entrada 10 - Información Acuerdos de Recuperación.

Este Informe deberá ser diligenciado por las Empresas en miles de pesos, con fecha de corte a 30 de junio de cada año.

Los términos y condiciones para la presentación de los estados financieros de fin de ejercicio se determinarán en la circular externa que se emite cada año para el efecto. Dicha información se deberá reportar mediante el sistema XBRL Express, en el Informe "Estados Financieros de Fin de Ejercicio - Informe 01".

3. DOCUMENTOS ADICIONALES

La información requerida en esta Circular solo se entenderá recibida en la medida en que, además de la presentación de la información financiera, se alleguen, dentro de los...

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