Circular número 020 de 2021 - 28 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876658242

Circular número 020 de 2021

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51811

Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO Y DE LA DIRECCIÓN DE __IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN_

De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR

Asunto:

APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 4º DEL DECRETO NÚMERO 1051 DE 2021 Fecha: Bogotá, D. C., 27 de septiembre de 2021

En desarrollo de los principios que orientan las actuaciones de las autoridades públicas, según se establecen en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el de confianza legítima, el Decreto número 1051 del 7 de septiembre de 2021 establece que la exportación de desperdicios y desechos de chatarra de fundición de hierro o acero y lingotes de chatarra de hierro o acero, sujetas al artículo 1º ibídem, podrá ser autorizada siempre que el exportador acredite, entre otras circunstancias, la existencia de una situación jurídica consolidada, en los términos del artículo 4º del citado decreto.

Para acreditar las situaciones jurídicas consolidadas, el artículo 4º del Decreto número 1051 de 2021 establece el procedimiento a seguir, previo a la presentación de la Solicitud de Autorización de Embarque ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Con el objeto de tramitar las solicitudes de autorización de exportación de las mercancías descritas en el artículo 1º del Decreto número 1051 de 2021, con fundamento en las facultades conferidas por el numeral 7 del artículo 18 del Decreto número 210 de 2003 (modificado por el artículo 3º del Decreto número 1289 de 2015), y en concordancia con los parámetros definidos en el artículo 4º del Decreto número 1051 de 2021, a continuación se informan los lineamientos para el cumplimiento del citado procedimiento, así:

I. Autoridades Competentes:

1. Objeto. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través del Grupo Técnico, convocará a las Autoridades Competentes con el propósito de verificar la existencia de una situación jurídica consolidada con miras a autorizar la exportación de desperdicios y desechos de chatarra de fundición de hierro o acero y lingotes de chatarra de hierro o acero, en los términos del artículo 4º del Decreto número 1051 de 2021.

2. Integración. La verificación de la existencia de situaciones jurídicas consolidadas se adelantará por los siguientes funcionarios de las Autoridades Competentes:

i. El Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado, quien presidirá las reuniones. ii. El Viceministro de...

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