Competitividad tributaria del régimen franco - Núm. 2020, Enero 2020 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 840332617

Competitividad tributaria del régimen franco

AutorRoberto L. Bossa Vélez

Las zonas francas han sido un instrumento de desarrollo socioeconómico esencial en la economía colombiana: han generado empleo, atraído inversiones, desarrollado el comercio internacional y reducido los costos de transacción. Sin embargo, en un entorno fiscal apretado como el actual, se ha perdido visión sobre su importancia y su beneficio real.

El tema recurrente terminando el año 2019 fue la modificación que introdujo la ahora derogada ley de financiamiento (L.1943/18) al artículo 459 del Estatuto Tributario. Mediante esta, se debía determinar de igual forma la base gravable para liquidar el IVA por las importaciones al territorio aduanero nacional (TAN) de productos elaborados en todas las zonas francas del país con componentes nacionales previamente exportados con exención del IVA, independientemente de que la zona hubiera sido declarada franca antes o después de la reforma de la Ley 1697 de 2012. A partir de ahora, al momento de la venta al TAN de un producto fabricado en cualquier zona franca, este tendrá la misma base gravable para liquidar el IVA.

Lo anterior se debe a que la Ley 1607 de 2012 estableció que, para liquidar el IVA, los bienes elaborados en las zonas francas autorizadas a partir de ese año tendrían la misma base de los gravámenes arancelarios. Esto generó una distorsión en el mercado, pues las zonas francas declaradas antes del 2012 quedaron con una base gravable de menor porcentaje al mantenerse la exclusión del componente nacional previamente exportado.

A raíz de lo anterior, se abrió la discusión de si las tarifas preferenciales del régimen franco estaban generando un impacto tributario negativo frente a la competitividad en el mercado nacional. Incluso, el artículo 110 de la derogada ley de financiamiento ordenó la creación de un equipo conjunto de auditoría entre la DIAN, la Superintendencia de Industria y Comercio, y la Contraloría General de la República para hacer una evaluación de todos los beneficios tributarios, exenciones y deducciones del régimen franco; y determinar su continuación, modificación o eliminación.

Tanto la creación de la comisión de evaluación como la modificación de la base gravable en el IVA generaron malestar en varios sectores de la economía colombiana. Por esto, el Gobierno Nacional tomó...

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