Declaración de renta y complementariosy declaración de ingresos y patrimonio
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena - Jaime Monclou Pedraza |
Páginas | 23-41 |
Declaración de Renta y Complementarios y Declaración de Ingresos y Patrimonio 23
A continuación analizaremos las normas del Estatuto Tributario Nacional y el Decreto
2634 de 2012 para establecer quienes están obligados y quienes no, a declarar Renta y
Complementarios e Ingresos y Patrimonio por el año gravable del 2012.
3.1 ¿QUIÉNES DEBEN PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS?
Por disposición del artículo 591 del E. T. N., están obligados a presentar declaración del
impuesto sobre la renta y complementarios1, todos los contribuyentes sometidos a dicho
impuesto, con excepción de los enumerados en el artículo 592 del E. T. N.
obligados a declarar por el año gravable 2012:
“ARTÍCULO6.CONTRIBUYENTESOBLIGADOSAPRESENTARDECLARACIÓNDEL
IMPUESTO SOBRE LARENTAY COMPLEMENTARIOS. Están obligados a presentar
declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2012, todos
los contribuyentes sometidos a dicho impuesto, con excepción de los que se enumeran en
el artículo siguiente.
PARÁGRAFO. Son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios las
Cajas de Compensación Familiar y los fondos de empleados, con respecto a los ingresos
la inversión de su patrimonio, diferentes a las relacionadas con salud, educación, recreación
y desarrollo social”.
Determinemos quiénes son estos obligados:
1 Ver “Estatuto Tributario Nacional” de nuestro Grupo Editorial Nueva Legislación, Artículos 5, 7 al 9, 12, 13, 16, al 18-1 y 20.
3
C A P Í T U L O
Declaración de Renta y Complementarios
y Declaración de Ingresos y Patrimonio
Cartilla Declaración de Renta24
3.1.1 Contribuyentes con Régimen Especial2 que deben presentar declaración de
renta y complementarios:
Dice el artículo 8 ibídem:
“ARTÍCULO8.CONTRIBUYENTESCONRÉGIMENESPECIALQUEDEBENPRESENTAR
DECLARACIÓNDE RENTAYCOMPLEMENTARIOS.De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 19 del Estatuto Tributario, por el año gravable 2012 son contribuyentes con
régimen tributario especial y deben presentar declaración del impuesto sobre la renta y
complementarios:
1. Las corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto social
principal y recursos estén destinados a las actividades de salud, deporte, educación
o a programas de desarrollo social, que sean de interés general y siempre que sus
excedentes sean reinvertidos totalmente en la actividad de su objeto social, con
excepción de las contempladas en el artículo 23 del mismo Estatuto.
Cuando estas entidades no cumplan las condiciones señaladas, se asimilarán a
sociedades limitadas.
2. Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realicen actividades de captación y
Superintendencia Financiera de Colombia.
3. Los fondos mutuos de inversión y las asociaciones gremiales respecto de sus actividades
industriales y de mercadeo.
4. Las cooperativas, sus asociaciones, uniones, ligas centrales, organismos de grado
cooperativismo y confederaciones cooperativas previstas en la legislación cooperativa.
5. El Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, según lo previsto en el artículo 108
de la Ley 795 de 2003.
PARÁGRAFO.
excedente consagrado en la ley”.
3.1.2 Grandes Contribuyentes3:
Así lo dispuso el artículo 11 del Decreto 2634 de 2012, cuando ordenó:
“ARTÍCULO 11. GRANDES CONTRIBUYENTES. DECLARACIÓN DE RENTA Y
COMPLEMENTARIOS.Por el año gravable 2012 deberán presentar la declaración del
impuesto sobre la renta y complementarios en el formulario prescrito por la DIAN, las
2 Ver “Estatuto Tributario Nacional” de nuestro Grupo Editorial Nueva Legislación, Artículo 19.
3 Ver “Estatuto Tributario Nacional” de nuestro Grupo Editorial Nueva Legislación, Artículos 562 y 562-1.
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