Conclusiones - Principio de primacía del derecho comunitario andino y sus efectos en la jurisprudencia del Consejo de Estado - Libros y Revistas - VLEX 829857293

Conclusiones

AutorAndrea Cubillos Hernández
Páginas155-162
155
Conclusiones
1. Respecto a la primacía del derecho comunitario
como principio que hace prevalecer las normas
comunitarias sobre el ordenamiento interno
La prevalencia del derecho comunitario sobre el derecho interno es total y
absoluta, sin que la entrada en vigor o la aplicación de aquel pueda supeditarse
a que no exista en el ordenamiento interno una disposición que lo impida. En
este sentido, “la primacía del Derecho Comunitario, admitida sin reserva por
todos los Estados miembros, no impide que al relacionar el derecho comuni-
tario con el interno se produzcan tensiones”.1
Estas tensiones deberán ser resueltas a favor del derecho comunitario,
pues precisamente este tiene el carácter de prevalente sobre los ordenamientos
jurídicos de los Estados miembros, ya que ellos ceden competencias a la orga-
nización supranacional de integración con el n de que los objetivos y los nes
económicos, políticos y sociales puedan ser cumplidos mediante la no contra-
dicción de las normas del derecho comunitario con su propia normatividad.
En concordancia con lo anterior, se puede sostener que es indispensable
la aplicación del principio de primacía, ya que si mediante medidas unilate-
rales posteriores los Estados miembros pudieran poner en tela de juicio una
norma comunitaria, se pondría en peligro la existencia misma de la comuni-
dad, menoscabando sus fundamentos y la conanza mutua que dio lugar a la
creación de la organización de integración.2
1 Manuel Iglesias Cabero, Fundamentos del derecho comunitario europeo, 2ª ed. (Madrid: Colex,
1995), 171.
2 Jean Víctor Louis, El ordenamiento jurídico comunitario (Unión Europea: Ocina de Publicaciones
Ociales de las Comunidades Europeas, 1995), 156-164.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR