Conclusiones - El procedimiento monitorio laboral - Libros y Revistas - VLEX 972299661

Conclusiones

AutorSamir Alberto Bonett Ortiz
Cargo del AutorDoctor en Derecho - Profesor de la Universidad Libre Seccional Cúcuta
Páginas209-213
Conclusiones
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i) El procedimiento monitorio, a pesar de tener origen en siglos anteriores,
encuentra act ualmente funda mentos convencionales y constitucionales,
así como tiene relación con derechos y garantías judiciales, como
la tutela jurisdiccional efectiva, plazo razonable, lealtad y buena fe
procesales; y debido proceso (garantías de publicidad y contradicción).
La doctrina procesal clásica representada por  hasta
la contemporánea, como las investigaciones doctorales de Correa
      , entre otros, ha evidenciado las ventajas
del procedimiento monitorio.
ii) Este procedimiento es un instrumento procesal, alternativo al trámite
tipo del proceso de conocimiento (ordinario o equivalente), que facilita
al acreedor demandante la obtención del título ejecutivo, ante la falta
de oposición del deudor demandado.
iii) El procedimiento monitorio tiene como naturaleza jurídica algunos
elementos que lo identifican: a) es de carácter jurisdiccional, de
naturaleza contenciosa, no de jurisdicción voluntaria; b) es de cognición,
conocimiento o declarativo, no ejecutivo; c) es un proceso sumario, no
plenario; d) en sentido estricto, es un procedimiento, no un proceso; e)
existe inversión de la iniciativa del contradictorio y, f) existe carácter
condicional del requerimiento de pago.
iv) La crítica a este procedimiento en cuanto aparentemente vulnera el
debido proceso, en concreto, la garantía de contradicción, es infundada.
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inaudita altera pars, esto es, sin escuchar previamente al demandado,
este tiene la oportunidad de contrad icción, que podrá ejercer de distinta
forma, como pagar, oponerse o no oponerse.

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