El contrato de adhesión en la legislación colombiana y en la nueva ley de protección al consumidor - Núm. 23, Diciembre 2014 - Revista Advocatus - Libros y Revistas - VLEX 937159151

El contrato de adhesión en la legislación colombiana y en la nueva ley de protección al consumidor

AutorJassir Álvarez Estrada
CargoAbogado, Especialista en Derecho Comercial y Contratación Mercantil, Magíster en Derecho Comercial, Docente Investigador en el área de Derecho Privado de la Universidad de la Costa, CUC. jalvarez18@cuc.edu.co
Páginas101-116
JASSIR ÁLVAREZ ESTRADA
Abogado, Especialista
en Derecho Comercial y
Contratación Mercantil,
Magíster en Derecho
Comercial, Docente
Investigador en el área
de Derecho Privado de la
Universidad de la Costa,
CUC.
jalvarez18@cuc.edu.co
El contrato
DE ADHESIÓN EN LA LEGISLACIÓN
COLOMBIANA Y EN LA NUEVA LEY DE
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR*
Contract
ADHESION IN THE COLOMBIAN LAW AND
THE LAW OF CONSUMER PROTECTION
RESUMEN
El contrato por adhesión ha sido desde su
nacimiento una de las instituciones más polé-
micas del Derecho Privado; a partir de sus ca-
racterísticas se han esbozado diferentes teorías
que van desde las que le niegan el carácter de
relación contractual, hasta las que consideran
que su utilización es necesaria dentro de la
economía de mercado y justicable como he-
rramienta aplicable a los intercambios basados
en la producción masiva de bienes y servicios,
típica de nuestros tiempos.
Más allá de las discusiones sobre la naturaleza
jurídica del contrato por adhesión, el artículo
se centra en el análisis de la evolución legis-
lativa del contrato por adhesión en Colombia,
desde su primera aparición en nuestro orde-
namiento jurídico hasta la más reciente con-
tenida dentro de la nueva Ley de Protección al
Consumidor, Ley 1480 de 2011.
Palabras clave: Contrato, Adhesión, Regu-
lación Legal, Colombia.
Recibido:
18 de marzo de 2014
Aceptado:
23 de abril de 2014
ABSTRACT
e contract of adhesion has been since birth
one of the most controversial institutions of
private law, from its features have been out-
lined dierent theories some of them that deny
the nature of contractual relationship, while
others consider that its use is necessary within
the market economy and justiable as a tool for
trade based on the mass production of goods
and services typical of our times.
Beyond the discussion about the legal nature of
the contract of adhesion, the following article
focuses specically on the analysis of legisla-
tive regulation in Colombia about contract of
adhesion, since its rst appearance in our legal
system to the most recent contained in the new
consumer protection law, Act 1480 of 2011.
Keywords: Contract, Adhesion, Legal Regula-
tion, Colombia.
ADVOCATUS | VOLUMEN 11 No. 23: 101 - 116, 2014 | UNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL | BARRANQUILLA
* Este documento es resultado de un proyecto de investigación denominado Cambios introducidos por
la Ley 1480 de 2011 para la Protección de los Consumidores/Usuarios en Colombia realizado dentro del
grupo de investigación Derecho, Política y Sociedad de la Universidad de la Costa, CUC.

1. INTRODUCCIÓN: EL CONCEPTO DE
CONTRATO EN LA LEGISLACIÓN CO-
LOMBIANA
Es de público conocimiento que la legislación
civil colombiana, recibió la notable inuencia
de la Revolución Francesa con su postulado
tripartito de liberte, egalite, fraternite, que en
nuestro país fueron conocidos principalmen-
te gracias a los ingentes esfuerzos de Antonio
Nariño, lo que en buen grado determinó que
el Código Civil colombiano, siguiendo los li-
neamientos del Código chileno, consagrara
como principio fundamental del derecho de
contratos el dogma de la autonomía privada,
concediéndole una extensión únicamente li-
mitada por las normas de orden público y las
normas relativas a la moralidad y las buenas
costumbres.
La denición de contrato que registra (aún en
la actualidad) nuestro Código Civil respon-
de al estado del arte del Derecho privado del
siglo XIX, así el artículo 1495 de nuestro es-
tatuto dene contrato (o convención) con las
siguientes palabras:
Contrato o convención es un acto por
el cual una parte se obliga para con otra
a dar, hacer o no hacer alguna cosa.
Cada parte puede ser de una o muchas
personas.
Convengamos en que esta concepción de
contrato es equívoca e insuciente, incluso
para aquellos contratos en boga al momento
de la expedición del Código Nacional, o sea,
los contratos comúnmente denominados de
libre discusión. En primer lugar, asimilar los
vocablos contrato y convención constituye
un grave yerro de nuestro legislador, que no
siguió en este caso la tradición del Código
Civil francés, y la interpretación que por vía
jurisprudencial se ha hecho de la norma en
comento no deja lugar a dudas:
Distínguese el contrato de la conven-
ción en que el acuerdo de voluntades
que lo forma se encamina exclusiva-
mente a generar obligaciones, en tanto
que la convención puede ir en pos no
solo de este objetivo, sino también de
modicar o extinguir obligaciones ya
creadas. Por eso se dice con propiedad
que convención es género y contrato
especie. El nacimiento de las obligacio-
nes es el efecto propio del contrato1.
En segundo lugar, consideramos que es una
denición más bien vaga, a tal punto que
resulta más precisa incluso la denición co-
rriente consagrada en el Diccionario de la
Real Academia de la Lengua Española:
Pacto o convenio, oral o escrito, entre
partes que se obligan sobre materia o
cosa determinada, y a cuyo cumpli-
miento pueden ser compelidas.
Siendo así las cosas, sí falló el legislador civil
al denir la gura de contrato en general, que
1. COLOMBIA. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala de Ca-
sación Civil, Sentencia de octubre 18 de 1972. Además la
norma transcrita pareciera indicar que todos los contratos
son de tipo unilateral desde el punto de vista de los efec-
tos, es decir, que las obligaciones se generan solo para
una de las partes y a favor de la otra.
ADVOCATUS | VOLUMEN 11 No. 23: 101 - 116, 2014 | UNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL | BARRANQUILLA
EL CONTRATO DE ADHESIÓN EN LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA Y EN LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

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