La Corte Penal Internacional. Interconexión entre organismos internacionales. Caso Venezuela - Tres cortes internacionales tres causas: esequibo, lesa humanidad y derechos humanos. Colombia y Venezuela - Libros y Revistas - VLEX 974033029

La Corte Penal Internacional. Interconexión entre organismos internacionales. Caso Venezuela

AutorHumberto Briceño León
Cargo del AutorAbogado Universidad Católica Andrés Bello, Licenciado en Ciencias Políticas y Administrativas Universidad Central de Venezuela
Páginas53-107
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LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.
INTERCONEXIÓN ENTRE ORGANISMOS
INTERNACIONALES. CASO VENEZUELA.
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Este artículo se centra en el caso que ante la Corte Penal
Internacional se desarrolla con respecto a las presuntas
violaciones de derechos humanos y otras transgresiones
criminales de derecho internacional acaecidas en Venezuela.
Se comienza describiendo la situación en Venezuela y la
historia que condujo al actual estado de cosas. Luego, se
revisan las actividades judiciales y cuasi judiciales vericadas
sobre la situación venezolana por varios organismos
internacionales y su interrelación. De seguida se analizan
las actividades de la Corte Penal Internacional en el caso
venezolano, en particular sus estándares sobre justicia
oportuna y cooperación inter nacional. A continuación, se
ofrece una visión general del marco institucional internacional
centrado en cómo la interconexión entre los cuerpos
internacionales dispares podría ser ecaz en la protección de
los derechos humanos. Posteriormente, se examinan algunos
enfoques doctrinales sobre la relación jurídica entre los
tribunales internacionales y los poderes judiciales nacionales,
especialmente los inoperantes. Se concluye examinando los
1 Abogado Universidad Católica Andrés Bello, Licenciado en Ciencias
Políticas y Administrativas Universidad Central de Venezuela; Diplomè
D’Etudes Approfondies (Máster) Instituto de Estudios Políticos de Paris;
LL.M (Máster) en Derecho Inter nacional Universidad de Miami; Profesor
e investigador en Venezuela por más de 35 años; académico Visitante en
Lewis & Clark Law School, Yale Law School (Fullbright), Oxford UK
Centre for Socio-Legal Studies, y profesor adju nto en Duke School of Law.
Humberto Briceño León
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principios de complementariedad y subsidiariedad en campo
de los derechos humanos internacionales y en el derecho
criminal interna cional, especialmente en el caso vene zolano.
I. INT RODUCCIÓN.
II. LA SITUACIÓN DE VENEZUELA.
III. ACTIVIDADES DE ÓRGANOS INTERNACIONALES EN EL CASO
DE VENEZUELA.
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IV. EL CASO VENEZOLANO ANTE L A CPI, ESTÁNDARES SOBRE
LA J USTICIA OPORTUNA Y LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL.
V. MA RCO INTERNACIONAL, JUSTICIA DOMESTICA, Y LA
ZONA DE INTERSECCIÓN EN EL CASO DE VENEZUELA.
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VI. PR INCIPIOS INTER NACIONALES REGULADORES DE LA
ADMISIBILIDAD DEL CASO DE VENEZUELA.
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VII. CONC LUSIONES.
I. IN TROD UCCI ÓN
Por primera vez en la historia de la Corte Penal Internacional
(CPI), seis miembros de la Asamblea de los Estados Parte remitieron
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como grupo, a ese órgano de justicia internacional, la situación que
tenía lugar en el territorio de otro Estado parte, Venezuela. Los
Estados remitentes fueron Argentina, Canadá, Colombia, Chile,
Paraguay y Perú. Desde 2006, la Fiscalía de la CPI ha iniciado
tres exámenes preliminares en el caso venezolano, incluida la
correspondiente a la remisión, pero solo hasta hace poco comenzó
una investigación formal.
Como se describe en el capítulo III, múltiples organismos
internacionales de derechos humanos, judiciales y no judiciales han
intervenido en la situación venezolana. Algunas de estas entidades
han participado en investigaciones y actividades judiciales, han
designado expertos, y otras han anunciado sanciones. Desde al
menos 2004, se han emitido informes, reportes y recomendaciones
en numerosas ocasiones. Estos organismos internacionales
manifestaron una profunda conmoción y alarma por la devastadora
situación humanitaria en Venezuela. Han encontrado razones para
considerar que los actos a los que fue sometida la población civil
de Venezuela, que se remontan al menos al 12 de febrero de 2014,
constituyen crímenes de lesa humanidad. Según sus informes
cientos de personas han muerto y miles han sido detenidas
arbitrariamente, agentes estatales han sometido presuntamente a
personas a tratos crueles e inhumanos, incluida agresión sexual,
otros han sido injustamente imputados con cargos penales en
tribunales militares2. Estos eventos han impactado a los grupos
más vulnerables, incluidos niños, mujeres, adultos mayores,
indígenas, afrodescendientes, se han expuesto a la trata de personas,
prostitución forzada y prácticas similares a la esclavitud.
Algunos factores interconectados podrían desviar los esfuerzos
de la CPI y su Fiscalía, impidiendo una justicia oportuna, justa
y realista. Estos factores incluyen la demora excesiva, la falta
de independencia del poder judicial nacional y la falta de una
estrategia de cooperación clara con las otras organizaciones
2 Rep. Inter-Am. Comm’n H.R., Democratic Institutions, the Rule of Law
and Human Rights in Venezuela (Dec. 31, 2017), http://www.oas.org/en/
iachr/reports/pdfs/venezuela2018-en.pdf

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