Cuestiones relevantes en la tramitación de casos desde el ámbito penal - Orientaciones para la defensa de los derechos de las mujeres víctimas de violencia cometida por parejas y exparejas - Libros y Revistas - VLEX 950961892

Cuestiones relevantes en la tramitación de casos desde el ámbito penal

AutorCecilia Barraza Morelle, Liliana Chaparro Moreno
Páginas48-62
U
Cuestiones relevantes en la
tramitación de casos desde el ámbito
penal
n número importante de situaciones referentes a la violencia
hacia mujeres por parte de sus parejas o exparejas ha sido
estudiado por las Altas Cortes. Estas han tenido la oportunidad
de manifestarse sobre los siguientes asuntos: la oficiosidad, el derecho a la
no confrontación con el agresor, las reglas de tramitación (fijadas por la
Corte Suprema de Justicia), la figura de los preacuerdos desde la causal
atenuante de la ira e intenso dolor, la aplicación de principio de oportunidad
y la cuestión de la prueba de referencia. Sobre estos aspectos versará este
capítulo.
Oficiosidad
En materia penal es importante anotar que cualquier hecho de violencia
contra las mujeres en razón de su género, independientemente del tipo penal
que configure, es automáticamente oficioso, en virtud de la Ley 1542 de
2012 (estudiada por la sentencia C-022 de 2015 de la Corte Constitucional)
y el parágrafo del artículo 74 de la Ley 906 de 2004, que estudia los tipos
penales que requieren de querella. A continuación se reproduce dicho
parágrafo:
Parágrafo. No será necesario querella para iniciar la acción penal respecto de casos de flagrancia o en
los cuales el sujeto pasivo sea menor de edad, inimputable o se refieran a presuntas conductas

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