Decreto número 966 de 2007, por el cual se modifica el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998. - 28 de Marzo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50298191

Decreto número 966 de 2007, por el cual se modifica el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46584

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los numerales 11 y 20 del articulo 189 de la Constitucion Politica y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 76 del Decreto 111 de 1996, DECRETA:

Articulo 1° Modificase el articulo 15 del Decreto 1737 de 1998, modificado y adicionado por los articulos 7° del Decreto 2209 de 1998, del Decreto 2445 de 2000, 1° del Decreto 644 de 2002, del Decreto 3668 de 2006 y del Decreto 4561 de 2006, el cual quedara asi: "Articulo 15

Se podran asignar telefonos celulares con cargo a los recursos del Tesoro Publico exclusivamente a los siguientes servidores: Presidente de la Republica, Vicepresidente de la Republica, Altos Comisionados, Altos Consejeros Presidenciales, secretarios y consejeros del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica;

Ministros del Despacho, Viceministros, Secretarios Generales y Directores de Ministerios, Directores, Subdirectores, Secretarios Generales y Jefes de Unidad de Departamentos Administrativos funcionarios que en estos ultimos, de acuerdo con sus normas organicas, tengan rango Directores de Ministerio;

Embajadores y Consules Generales de Colombia con rango Embajador;

Superintendentes, Superintendentes Delegados y Secretarios Generales Superintendencias;

Directores y Subdirectores, Presidentes y Vicepresidentes de Establecimientos Publicos, Unidades Administrativas Especiales y Empresas Industriales y Comerciales del Estado, asi como los Secretarios Generales de dichas entidades;

Rectores, Vicerrectores y Secretarios Generales de entes universitarios autonomos del nivel nacional;

Senadores de la Republica, Representantes a la Camara, y Secretarios Generales, Secretarios Comisiones y Subsecretarios de estas corporaciones;

Magistrados de las altas cortes...

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