Decreto No 101 de 03 de noviembre de 2023 del municipio de Castilla La Nueva, 03-11-2023 - Normativa - VLEX 1034275810

Decreto No 101 de 03 de noviembre de 2023 del municipio de Castilla La Nueva, 03-11-2023

Año2023
Número de documento administrativo101
Fecha de registro03 Noviembre 2023
Fecha de publicación03 Noviembre 2023
Fecha03 Noviembre 2023
EmisorAlcaldía de Castilla la Nueva
Tipo de documentoDecreto
JU-F-01 V.01
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DECRETO No. 101 de 03 de NOVIEMBRE de 2023
Por medio del cual se viabiliza, prioriza y aprueba el proyecto de
inversión Construcción de obras de protección sobre el río Guamal en
la vereda San Agustín del municipio de Castilla la Nueva, Meta, se
designa su ejecutor y adelantar la contratación de la interventoría
EL ALCALDE DE CASTILLA LA NUEVA, META
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales; en especial las
estipuladas en las Leyes 2056 de 2020, 2279 de 2022, Decreto 1821de
2020, y las orientaciones transitorias para la gestión de proyectos de
inversión emanadas del Departamento Nacional de Planeación, Decreto
C O N S I D E R A N D O:
Que el Acto Legislativito No.05 de 2011 constituyó el SGR, y modifico los artículos
360 y 361 de la Constitución Política, dictando disposiciones sobre el régimen de
regalías y compensaciones.
Que mediante acto legislativo No.05 de 2019 se modificó el artículo 361 de la
Constitución Política y se previó que la vigencia de este nuevo régimen estaría
sujeta a la expedición de una Ley que ajuste el Sistema General de Regalías a las
disposiciones allí previstas.
Que, en desarrollo de lo anterior, se expidió la Ley 2056 de 2020 “Por la cual se
regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías cuyo
objeto consiste en determinar la distribución, objetivos, fines, administración,
ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de
la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones
de participación de sus beneficiarios.
Que el Capítulo I del Título IV de la Ley 2056 de 2020, regula las reglas generales
para los proyectos de inversión del SGR, en especial la destinación, características,
ejercicios de planeación, ciclo de los proyectos, registro, formulación y
presentación, viabilidad, priorización, aprobación y ejecución de los proyectos.
Que el numeral 8, artículo 2, de la Ley 2056 de 2020, indica como uno de los
objetivos y fines del Sistema General de Regalías “Incentivar o propiciar la
inversión prioritariamente en la restauración social y económica de los territorios
donde se desarrollen actividades de exploración y explotación de recursos
naturales no renovables, así como en la protección y recuperación ambiental, sin
perjuicio de la responsabilidad ambiental que le asiste a las empresas que
adelanten dichas actividades, en virtud de la cual deben adelantar acciones

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