Decreto número 0842 de 2023, por el cual se modifica el artículo 2.2.8.2.17. del Decreto número 1070 de 2015, adicionado por artículo 1º del Decreto número 647 de 2021, en lo relacionado con la Integración del Consejo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana - 29 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 934331934

Decreto número 0842 de 2023, por el cual se modifica el artículo 2.2.8.2.17. del Decreto número 1070 de 2015, adicionado por artículo 1º del Decreto número 647 de 2021, en lo relacionado con la Integración del Consejo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín52410

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en el artículo 19 de la Ley 1801 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 19 de la Ley 1801 de 2016, dispone que los Consejos de Seguridad y Convivencia "son cuerpos consultivos y de decisión para la prevención y reacción ante los problemas relacionados con la seguridad y la convivencia en el nivel nacional, regional, departamental, distrital, municipal o metropolitano".

Que el precitado artículo a su vez dispone que el "Gobierno nacional establecerá mediante reglamentación los objetivos, funciones, integrantes y demás aspectos relacionados con el funcionamiento de los Consejos de Seguridad y Convivencia".

Que el artículo 2.2.8.2.17. del Capítulo II Titulo 8 parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1070 de 2015, adicionado por el Decreto número 647 de :2001, reglamentó la forma de integración del Consejo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

Que el Decreto número 2647 de 2022, suprimió la Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional y trasladó sus funciones, así como su participación en los comités e instancias de los cuales, hacía parte, al Ministerio de Defensa Nacional.

Que el numeral 2 del artículo 20 del Decreto número 2647 de 2022, establece dentro de las funciones de la Consejería Presidencial para la Reconciliación Nacional la de promover la comprensión de la reconciliación como una transformación de las relaciones y vínculos sociales basadas en la violencia, entendiendo los diferentes tipos de violencia: verbal, psicológica, emocional, física, sexual o económica; y favorecer la construcción de la convivencia pacífica en la sociedad civil.

Que en atención al marco normativo descrito, se considera necesario modificar el numeral 9 del artículo 2.2.8.2.17. del Capítulo II Título 8 parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1070 de 2015, incluyendo como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana al Consejero Presidencial para la Reconciliación Nacional.

Que en mérito de lo expuesto;

DECRETA:

Artículo 1º Modificar

el artículo 2.2.8.2.17. del Decreto número 1070 de 2015, el cual quedará así:

"Artículo 2.2.8.2.17. Integración del Consejo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. El Consejo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana estará...

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