Decreto número 1108 de 2023, por el cual se hace un nombramiento en propiedad, de acuerdo con las disposiciones del numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970, en el Círculo Notarial de Barranquilla-Atlántico - 4 de Julio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 937445581

Decreto número 1108 de 2023, por el cual se hace un nombramiento en propiedad, de acuerdo con las disposiciones del numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970, en el Círculo Notarial de Barranquilla-Atlántico

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52446

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 5º del Decreto Ley 2163 de 1970, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto Ley 2163 de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno nacional.

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015, establece que la renuncia aceptada de un notario es causal de falta absoluta.

Que la Notaría Once (11) del Círculo Notarial de Barranquilla-Atlántico quedó vacante por el retiro forzoso de su titular, el señor Jaime Harta Díaz, efectuado por el Gobierno nacional mediante Decreto número 1020 del 17 de junio de 2022.

Que en cumplimiento de las disposiciones del numeral 8 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, la entonces Superintendente de Notariado y Registro, el 30 de junio de 2022 certificó la vacancia de la Notaría Once (11) del Círculo Notarial de Barranquilla-Atlántico, por generarse la falta absoluta del Notario, bajo la causal descrita en el numeral 4 del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015, esto es, el retiro forzoso de su titular.

Que el Director de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro mediante Oficio número SNR20221E009853 de 1º de julio de 2022, remitió a la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial la certificación de vacancia de la Notaría Once (11) del Círculo Notarial de Barranquilla-Atlántico indicando que "... no será provista en ejercicio del derecho de preferencia, en virtud de la suspensión del Acuerdo número 01 del 2021, por lo que queda a disposición del nominador natural para que efectúe la denominación en interinidad en la Notaría en mención".

Que el Director de Administración Notarial mediante Oficio número SNR2022IE016926 de 19 de octubre de 2022 reiteró la vacancia de la Notaría Once (11) del Círculo Notarial de Barranquilla-Atlántico y posteriormente, a través de oficio con Radicado número SNR2022IE019299 de 29 de noviembre de 2022, dio alcance al contenido del Oficio número SNR2022IE009853 de 1º de julio de 2022, señalando que se debía omitir la información allí descrita y que "...dichas Notarías debieron ser provistas en ejercicio del Derecho de Preferencia, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 178 del Estatuto del Notariado y la decisión asumida por el Consejo Superior de la Carrera Notarial en sesión celebrada el 19 de octubre de 2022", tal como consta en la certificación expedida por la Secretaría Técnica el 5 de mayo de 2023.

Que el Consejo Superior de la Carrera Notarial en...

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