Decreto número 148 de 2022, por el cual se aprueba el Acuerdo número 11 del 29 de diciembre de 2021, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República - 28 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 896221332

Decreto número 148 de 2022, por el cual se aprueba el Acuerdo número 11 del 29 de diciembre de 2021, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín51931

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales y constitucionales, especialmente de las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los previsto en el artículo 82 del Decreto ley 267 de 2000, las competencias de conocimiento y decisión respecto de la estructura interna del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, sus estatutos internos y los demás aspectos atinentes a su organización y planta de personal continuarán rigiéndose por lo dispuesto en la Ley 106 de 1993 y las normas que la modifiquen o adicionen. No obstante, los actos administrativos referidos a las anteriores materias que adopten las autoridades de que trata la mencionada ley, se elevarán a decreto del Gobierno nacional.

Que el artículo 99 de la Ley 106 de 1993 establece que la estructura interna del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República es determinada por la Junta Directiva.

Que la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, en sesión del 29 de diciembre de 2021, mediante Acuerdo número 11 dispuso la modificación de la estructura del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, así mismo, determina las funciones de todas sus dependencias.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébese el Acuerdo número 011 del 29 de diciembre de 2021, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, el cual se transcribe a continuación:

ACUERDO NÚMERO 11 DE 2021

(diciembre 29)

por el cual se modifica la estructura del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República y se determinan las funciones de sus dependencias.

La Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente de las conferidas en el numeral 11 de artículo 96 de la Ley 106 de 1993 y artículo 82 del Decreto ley 267 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

Que el Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, es un establecimiento público adscrito a la Contraloría General de la República, que tiene como objetivos principales, de acuerdo con lo previsto en la Ley 106 de 30 de diciembre de 1993, contribuir a la solución de las necesidades básicas de salud, educación y vivienda de los empleados de la Contraloría General de la República; administrar las cesantías de los empleados de la Contraloría General de la República; y administrar el Colegio y el Centro Médico de la Contraloría General de la República.

Que se requiere modificar la estructura del Fondo de Bienestar Social aprobada mediante Decreto 279 de 2000, con el fin de dotarlo de una dependencia encargada de la planeación estratégica, así mismo, por la especialidad de la materia, se requiere fortalecer el área misional con la creación de dos subdirecciones adscritas a la Dirección de Bienestar y Desarrollo encargadas de implementar los programas y proyectos de bienestar integral lo cual contribuye al cumplimiento de la misión institucional y a ajustar la denominación y las funciones de varias de sus dependencias a los requerimientos actuales y las necesidades del servicio.

Que con el fin de dar cumplimiento a la Ley 1952 de 2019 y Ley 2094 de 2021, se crea una oficina de asuntos disciplinarios encargada de adelantar las investigaciones de la conducta de los servidores y exservidores del Fondo por vulneración de las normas disciplinarias.

Que a efectos de la modificación de la estructura se cuenta con el estudio técnico correspondiente el cual está sujeto a la viabilidad presupuestal de la Dirección de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Estructura orgánica y funcional.

Para el desarrollo de los objetivos y funciones que le están atribuidas al Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República en los artículos 90 y 91 de la Ley 106 de 1993, respectivamente, tendrá la siguiente estructura:

1. Junta Directiva

2. Gerencia

2.2 Oficina de Planeación

2.3 Oficina Asuntos Disciplinarios

3. Dirección de Desarrollo y Bienestar Social

3.1. Subdirección de Bienestar y Calidad de Vida

3.2. Subdirección de Desarrollo y Emprendimiento

4. Dirección de Gestión Corporativa

5. Órganos de Coordinación y Asesoría

5.1 Comisión de Personal

5.2 Comité Institucional de Gestión y de Desempeño

5.3 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

Artículo 2º Integración de lajunta directiva.

La Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República está integrada conforme a lo previsto en el artículo 95 de la Ley 106 de 1993, homologados por el artículo 84 del Decreto ley 267 de 2000, por:

1. El Contralor General de la República o su delegado.

2. El Gerente de Talento Humano de la Contraloría General de la República.

3. El Gerente Administrativo y Financiero de la Contraloría General de la República.

4. Un representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

5. Un representante de los empleados de la Contraloría General de República.

Parágrafo. El Gerente del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República asistirá a las sesiones de la Junta Directiva, con derecho a voz, pero sin voto.

Artículo 3º Gerencia

Son funciones de la Gerencia del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, además de las señaladas en el artículo 97 de la Ley 106 de 1993 y los estatutos de la entidad, las siguientes:

1. Administrar y ejercer la representación legal del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República.

2. Dirigir, coordinar, vigilar, controlar y evaluar la ejecución y cumplimiento de los objetivos, políticas, planes, programas y proyectos inherentes al desarrollo del objeto del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República.

3. Desarrollar y hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones y acuerdos de la Junta Directiva, ejecutarlas y rendir los informes que le sean solicitados.

4. Presentar para aprobación de la Junta Directiva, la política general y el plan estratégico del Fondo, el proyecto anual de presupuesto, los planes y programas que conforme a la normativa requieren ser expedidos.

5. Dirigir y coordinar la aplicación de los mecanismos que faciliten la participación ciudadana en la planeación del desarrollo institucional, la gestión administrativa y el control social de la gestión pública en el Fondo, y coordinar o elaborar los informes que se requieran para tal fin.

6. Coordinar con la Contraloría General de la República, las acciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR