Decreto número 1557 de 2022, por el cual se reglamentan los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti) - 5 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 909123065

Decreto número 1557 de 2022, por el cual se reglamentan los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti)

EmisorMinisterio de Ciencia, Tecnología e Innovación
Número de Boletín52117

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el artículo 43 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 43 de la Ley 489 de 1998 estableció que el Gobierno nacional podrá organizar sistemas administrativos nacionales con el fin de coordinar las actividades estatales y de los particulares y que, para tal efecto, determinará los órganos o entidades a los cuales corresponde desarrollar las actividades de dirección, programación, ejecución y evaluación.

Que la Ley 1286 de 2009 fortaleció el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación con el fin de integrar las actividades científicas, tecnológicas y de innovación bajo un marco donde empresas, Estado y academia interactúen para la consolidación de una sociedad basada en el conocimiento.

Que mediante la Ley 2162 de 2021 se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, como ente rector de la política de ciencia, tecnología e innovación que genere capacidades, promueva el conocimiento científico y tecnológico, contribuya al desarrollo y crecimiento del país y se anticipe a los retos tecnológicos futuros, siempre buscando el bienestar de los colombianos y consolidar una economía más productiva y competitiva y una sociedad más equitativa.

Que el numeral 5 del artículo de la Ley 2162 de 2021, determinó que uno de los objetivos generales del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación es "velar por la consolidación y elfortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI)".

Que los numerales 4, 10 y 12 del artículo 6º de la Ley 2162 de 2021, señalan como objetivos específicos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, entre otros:

"Fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), liderando y articulando a las organizaciones públicas y privadas, regionales, nacionales e internacionales, que permitan el desarrollo de una sociedad del conocimiento.. , "orientar el fomento de actividades de ciencia, tecnología e innovación, hacia el avance del conocimiento científico, el desarrollo sostenible ambiental, social, cultural y el mejoramiento de la competitividad, estableciendo vínculos desde el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), con otros Sistemas Nacionales y Impulsar la participación de la comunidad científica en la política nacional de ciencia, tecnología, innovación y competitividad, para generar mecanismos que eleven el nivel de investigación científica y social de los actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI)".

Que los numerales 3, 7, 11, 13 del artículo 7º de la Ley 2162 de 2021 determinan como funciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, las siguientes:

(... )

3. Dirigir y coordinar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI). (...) 7. Orientar la creación de espacios y mecanismos para fomentar la coordinación, fortalecimiento, articulación y mutua cooperación de las entidades que integran el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).

(...) 11. Consolidar las relaciones entre Universidad, Empresa, Estado y Sociedad para la generación de conocimiento, desarrollo tecnológico, innovación y la capacidad de transferencia de la tecnología y el conocimiento entre estos.

(...) 13. Promover y articular, en el marco del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), las instancias regionales, departamentales y municipales de ciencia, tecnología e innovación, para la coordinación de esfuerzos nacionales y regionales en Ciencia, Tecnología e Innovación (CTel).

(...)

Que el Presidente de la República recibió el 5 de diciembre de 2019 el informe de la Misión Internacional de Sabios, en el que se recomienda modificar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), con el propósito de mejorar la gobernanza y lograr una mejor articulación entre los distintos actores, nacionales e internacionales que fomentan y hacen investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, de forma que le permita a Colombia avanzar hacia una sociedad basada en el conocimiento.

Que entre las recomendaciones de la Misión Internacional de Sabios se incluyen las de

(i) conformar en el marco del Sistema un Consejo Nacional de Política de Ciencia, Tecnología e Innovación, como instancia encargada de asesorar al Gobierno nacional sobre la política pública de ciencia, tecnología e innovación y de orientar el fomento de actividades hacia el desarrollo sostenible, estableciendo vínculos con otros sistemas de investigación para el desarrollo de objetivos comunes; (ii) integrar un Consejo Científico Nacional, encargado de emitir concepto científico al Gobierno nacional sobre temáticas de ciencia, tecnología e innovación que le sean consultadas.

Que la Misión recomendó que la gobernanza del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación debe incluir a los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti) como instancias encargadas de asesorar a los gobiernos departamentales en la formulación, implementación y evaluación de la política pública y de adelantar los ejercicios de planeación para orientar la asignación para la ciencia, tecnología e innovación.

Que el Sistema debe contar con una participación integral de la sociedad civil, las agremiaciones, las sociedades científicas, las comunidades étnicas, las empresas, la academia, institutos de investigación y el gobierno, para consolidar una sociedad basada en el conocimiento.

Que el Decreto 1666 de 2021 modifica el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, sus objetivos, componentes y actores; la gobernanza de alcance nacional y regional en términos de las instancias, composición y funciones; así como aspectos relacionados con su organización, relacionamiento, coordinación y...

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