Decreto número 479 de 2021, por el cual se hace un nombramiento en propiedad, de acuerdo con las disposiciones del numeral 3 del artículo 178 del Decreto 960 de 1970, en el Círculo Notarial de Medellín -Antioquia y, se designa un Notario en interinidad, en el mismo Círculo Notarial - 12 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 868055521

Decreto número 479 de 2021, por el cual se hace un nombramiento en propiedad, de acuerdo con las disposiciones del numeral 3 del artículo 178 del Decreto 960 de 1970, en el Círculo Notarial de Medellín -Antioquia y, se designa un Notario en interinidad, en el mismo Círculo Notarial

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51672

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 5º del Decreto-ley 2163 de 1970, en concordancia con el artículo 2º de la Ley 588 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto-ley 2163 de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno nacional.

Que el artículo 2.2.6.3.2.3 del Decreto 1069 de 2015, establece que la renuncia aceptada al notario es una de las circunstancias taxativas respecto de las cuales "Se predica vacante una notaría ...".

Que la Notaría Veintidós (22) del Círculo Notarial de Medellín - Antioquia quedó vacante por la renuncia aceptada a su titular, el señor Luis Fernando Delgado Llano, mediante el Decreto 1356 del 16 de octubre de 2020.

Que en cumplimiento de las disposiciones del numeral 8 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014, el Superintendente de Notariado y Registro del momento, el 23 de octubre de 2020 certificó la vacancia de la Notaría Veintidós (22) del Círculo Notarial de Medellín -Antioquia, por generarse la falta absoluta del Notario, bajo la causal descrita en el numeral 2 del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015.

Que en cumplimiento de las disposiciones del artículo 3º del Acuerdo 2 del 31 de enero de 2020 expedido por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, la Directora de

Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro mediante oficio SNR2020IE014821 del 23 de octubre de 2020, enviado por correo electrónico en la misma fecha, remitió a la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial la certificación de la vacancia de la Notaría Veintidós (22) del Círculo Notarial de Medellín - Antioquia, tal como consta en la certificación expedida por la Secretaría Técnica el 23 de abril de 2021.

Que de acuerdo con el artículo 3º del Acuerdo 2 de 2020, la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, el 27 de octubre de 2020 publicó la certificación de la vacancia de la Notaría Veintidós (22) del Círculo Notarial de Medellín - Antioquia, con el fin de que los Notarios de carrera interesados en ejercer el derecho de preferencia, presentaran sus solicitudes, tal como consta en la certificación expedida por la Secretaría Técnica en la misma fecha.

Que de conformidad con las disposiciones del numeral 3 del artículo 178 del Decreto-ley 960 de 1970, los notarios que han ingresado a la carrera notarial tienen, entre otras prerrogativas, "preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma circunscripción político-administrativa, otra Notaría de la misma categoría que se encuentre vacante" .

Que según consta en la certificación expedida el 23 de abril de 2021 por la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial; el 28 de octubre de 2020 la Secretaría inició en cumplimiento del Acuerdo 2 de 2020 -mediante el cual el Consejo Superior de la Carrera Notarial "(...) establece el procedimiento operativo para implementar el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto. Ley 960 de 1970"-, el trámite de recepción de las solicitudes de ejercicio del derecho de preferencia formuladas por los notarios de carrera, para proveer el cargo de notario en la Notaría Veintidós (22) del Círculo Notarial de Medellín - Antioquia.

Que, según consta en la certificación en referencia, los...

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