Decreto número 648 de 2021, por el cual se reglamenta la homologación y/o equivalencia de los requisitos de estudio, conocimientos y experiencia de los abogados defensores de que trata el artículo 3º de la Ley 1698 de 2013, y se adiciona el Decreto 1070 de 2015 'por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa - 16 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 869568234

Decreto número 648 de 2021, por el cual se reglamenta la homologación y/o equivalencia de los requisitos de estudio, conocimientos y experiencia de los abogados defensores de que trata el artículo 3º de la Ley 1698 de 2013, y se adiciona el Decreto 1070 de 2015 'por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín51707

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 3º de la Ley 1698 de 2013, el artículo 115 de la Ley 1957 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1698 de 2013 creó y organizó el Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública como "(...)un conjunto de políticas, estrategias, programas, medidas preventivas y herramientas jurídicas, técnicas, financieras y administrativas orientadas a garantizar a favor de los miembros de la Fuerza Pública que así lo soliciten, el derecho a la defensa y una adecuada representación en instancia disciplinaria e instancia penal ordinaria y especial en el orden nacional, internacional y de terceros estados por excepción, y con ello el acceso efectivo a la Administración de Justicia".

Que el artículo 3º de la Ley 1698 de 2013 estableció los principios que rigen el Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública, donde estableció entre otros el Principio de Especialidad, el cual señala que "(... ) los defensores vinculados al Sistema de Defensoría Técnica deberán tener .estudios en grado de especialización o maestría en derecho disciplinario, penal o procesal penal y experiencia en litigio penal o en disciplinario, así como conocimientos en derecho operacional o derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario".

Que el Gobierno nacional en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confirió el artículo 2º del Acto Legislativo 01 de 2016 "Por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera", expidió el Decreto Ley 775 de 2017, facultando al Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública, financiado por el Fondo de Defensa Técnica Especializada (Fondetec) "(...)a prestar el servicio de defensa técnica a los miembros activos o retirados de la Fuerza Pública ante el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, por conductas penales o disciplinarias que hayan tenido lugar por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado interno.".

Que el Decreto 1166 de 2018 compilado en el Decreto 1069 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Justicia y del Derecho", reglamentó el...

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