DECRETO 101 RD 4392 - 12 de Marzo de 2010 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438736710

DECRETO 101 RD 4392

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4392 12 MARZO 2010
EmisorAlcaldia Mayor
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4392 • pP. 1-1 • 2010 • MARZO 12
DECRETO DE 2010
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 44
Número 4392
2010 MARZO 12
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Marzo 11 de 2010)
“Por medio del cual se fortalece institucional-
mente a las Alcaldías Locales, se fortalece el
esquema de gestión territorial de las entidades
distritales en las localidades, se desarrollan ins-
trumentos para una mejor gestión administrativa
y se determinan otras disposiciones”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los artícu-
los 38, 39 y 55 del Decreto-Ley 1421 de 1993, y el
artículo 18 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, y,
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 35 del Decreto Ley 1421 de
1993 el Alcalde Mayor es el Jefe de Gobierno y de la
Administración Distrital.
Que conforme al numeral 3º del artículo 38 del Decreto
Ley 1421 de 1993 le corresponde al Alcalde Mayor diri-
gir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento
de las funciones a cargo del Distrito.
Que conforme al artículo 40 del Decreto Ley 1421 de
1993 el Alcalde Mayor podrá delegar las funciones
que le asignen la Ley y los acuerdos en los secreta-
rios, jefes de departamento administrativo, gerentes
o directores de entidades descentralizadas, en los
funcionarios de la administración tributaria, y en las
juntas administradoras y los alcaldes locales.
Que conforme al artículo 53 del Decreto Ley 1421 de
1993 el Alcalde Mayor como Jefe de la Administración
Distrital, ejerce sus atribuciones por medio de los or-
ganismos o entidades Distritales.
Que conforme al artículo 54 del Decreto Ley 1421 de
1993, la estructura administrativa del Distrito Capital
comprende el sector central, el sector descentralizado,
y el de las localidades.
Que conforme al artículo 61 del Decreto Ley 1421 de
1993, cada localidad estará sometida a la autoridad
del Alcalde Mayor, de una Junta Administradora Local
y del respectivo Alcalde (sa) Local.
Que conforme al artículo 92 del Decreto Ley 1421 de
1993, el Alcalde Mayor es el representante legal de
los Fondos de Desarrollo y ordenador de sus gastos,
pero podrá delegar respecto de cada fondo la totalidad
o parte de dichas funciones.
Que conforme al artículo 16 del Acuerdo 257 de 2006
los organismos y entidades distritales podrán constituir
sedes u ocinas en las Localidades.
Que conforme al artículo 17 del Acuerdo distrital 257
de 2006, las autoridades administrativas del Distrito
Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a
sus colaboradores o a otras autoridades con funcio-
nes anes o complementarias, de conformidad con
la Constitución Política y la ley, especialmente con la
Ley 489 de 1998.
Que conforme al artículo 3 del Decreto Distrital 539 de
2006 las Alcaldías Locales hacen parte de la estructura
organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno
Que conforme al artículo 23 del Acuerdo 308 de 2008,
Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Positiva: para Vi-
vir Mejor”, dentro del programa Gestión Distrital con
enfoque territorial, se contempla el establecimiento de
un modelo de gestión distrital en lo local, con el n de
mejorar la coordinación de acciones entre niveles.
Que conforme al artículo 23 del Acuerdo 308 de 2008,
Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Positiva: para Vivir
Mejor”, dentro del programa Localidades Efectivas se
busca mejorar la capacidad física, técnica y humana de
las administraciones locales, con el n de optimizar su
gestión y orientar su operación al logro de resultados

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