El enriquecimiento sin causa no procede cuando los hechos que lo causan provienen de la voluntad del contratista. - Núm. 2019, Enero 2019 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 772010045

El enriquecimiento sin causa no procede cuando los hechos que lo causan provienen de la voluntad del contratista.

AutorDerecho Justo

El Consejo de Estado resolvió que una entidad pública no debe pagar por las prestaciones que un contratista decidió realizar después de terminar el plazo del contrato y sin la autorización de la contratante, sin que ello constituya enriquecimiento sin causa. Esta figura no procede cuando las prestaciones que generan el enriquecimiento de la entidad se realizan por voluntad del...

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