Equilibrio económico por sobrecostos y obras adicionales - Núm. 2016, Enero 2016 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 653236965

Equilibrio económico por sobrecostos y obras adicionales

AutorDerecho Justo

La Corporación determinó que una Entidad Pública no debe pagar por todos los sobrecostos que se generen en el desarrollo de un contrato, ya que sólo debe reconocer los no imputables al contratista.

El Consejo de Estado fundamenta su postura, indicando que en el Estatuto de Contratación Pública establece que se debe respetar el equilibrio económico del contrato, de tal forma que se debe mantener una equivalencia entre los derechos y obligaciones que se acordaron desde el inicio del contrato.

El Alto Tribunal explica que ese equilibrio se afecta cuando se genera un desbalance en las obligaciones, como son los sobrecostos, por actos o hechos imputables a la entidad contratante, por actuaciones del Estado calificados...

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