Es deber de la entidad informarle al contratista los procesos sancionatorios que inicie en su contra, para respetar su derecho al debido proceso. - Núm. 2019, Enero 2019 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 787332249

Es deber de la entidad informarle al contratista los procesos sancionatorios que inicie en su contra, para respetar su derecho al debido proceso.

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El Consejo de Estado resolvió que una entidad pública no puede terminar un contrato, sin informar previamente al contratista acerca de los procedimientos de control aplicados y la sanción que se le aplicaría en caso de hallar inconformidades, debido a que con esto se vulneraría el derecho al debido proceso del contratista, al no permitirle defenderse ni participar en el proceso. De igual forma, el artículo 28 del Código Contencioso Administrativo establece que es deber de la entidad informar sobre las actuaciones que inicie de oficio, como los procedimientos de control sobre el objeto del contrato.

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