El Estatuto del Consumidor y su integración con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Derecho de la competencia, aspectos jurídicoadministrativos y procesales - Estudios de derecho del consumo (Ley 1480 de 2011) Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 790935617

El Estatuto del Consumidor y su integración con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

AutorMargarita Cárdenas Poveda
Cargo del AutorJefe del Centro de Investigaciones y Jefe del Área de Derecho Público de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana, Chía, Colombia
Páginas320-350
16.ELESTATUTODELCONSUMIDORYSU
INTEGRACIÓNCONELCÓDIGODE
PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVOYDE
LOCONTENCIOSOADMINISTRATIVO1
MargaritaCárdenasPoveda2
Introducción
Enel derechocivil contemporáneoha tomadofuerzaunaespecialidadque,basada
enlosprincipios deprotecciónal consumidor,autodeterminacióndela voluntad,
confianza,seguridadybuenafe,entreotros,propendealatransparencia,laigualdad
jurídicay arestablecerelequilibriocontractualentreproductoresoproveedores,y
consumidores y usuarios de toda clase de bienes y servicios. Sin embargo, el
denominado “derecho del consumo” no es una institución nueva, pues tiene su
antecedenteenelnacimientodelrégimende responsabilidadcivil extracontractual
por productos defectuosos. En Colombia, se destacan como pioneras las
disposicionescontempladasenlaLey73de1981yelotroraDecreto3466de1982
sobre normas relativas a la idoneidad, la calidad, las garantías, las marcas, las
propagandasylafijaciónpúblicadepreciosdebienesyservicios,asícomosobrela
responsabilidad de los productores, expendedores y proveedores, las cuales
desarrollaronelmandatodelartículo76delaConstituciónPolíticade1886.Ahora
bien, en estas dos ocasiones no se consagró ninguna declaración de principios,
derechoso deberesqueconstituyeranlabasedeladisciplinaparalaprotecciónde
losconsumidores.3
Elmarcolegal originalreflejólosprimeros intentosdeun“Estado Policía”que
creóunrégimenpunitivoysancionatorioentornoalasrelacionesdeconsumo,sin
contar con la participación de la sociedad civil; ello en un contexto de
proteccionismocomercialycierrefronterizocomonormaimperante,quebasabalas
decisiones de intercambio comercial casi exclusivamente en el precio, no en la
calidad.Pero,antelaaperturadelasfronterascomercialesenlosañosnoventa,los
modelos de desarrollo, crecimiento y globalización económica hicieron que el
EstatutodelConsumidor fuera palmariamenteinsuficientepara responderanteel
universoderelacionesquesepresentabanenelmercado.4
Consiguientemente,elconcepto deconsumidorha evolucionado conelpaso del
tiempo y con la actualización de las normas, a la par con el establecimiento de
relacionesdelibrecomercioentreColombiayterceros,cambiosenmarcadosenlos
criteriosdelademocraciaparticipativacontenidosenlaConstituciónde1991,que
consagrócomomandatoconstitucionalel derechoquelesasistea consumidoresy
usuariosparaaccederaserviciosdecalidadeidoneidad,libresdeviciosquepuedan
atentarcontralavida,lasaludylaseguridad.
Este cambio de paradigma ha impactado positivamente en el escenario del
consumo,puestoquelasimportacionesdebienesyservicioshantraídounamayor
competencia y calidad de los productos, lo cual ha hecho que las decisiones de
compra ahora se basen en un criterio de calidad y no solo de precio. Así, se ha
generado una mayor propensión al consumo y también un cambio en la cultura
comercial,puestoquesehadotadoaconsumidoresyusuariosdemayorcapacidad
dedecisiónracionalyunprotagonismoenlasnormassobreconsumo.
Ello también es una manifestación de lo plasmado por el constituyente en el
artículo78superior, puesponeen vigenciaelfomentode lasolidaridadentre los
habitantes del territorio, para la defensa de intereses de carácter colectivo y para
propiciarelconocimientoyel empleodelos mecanismosdedefensa yprotección
delconsumidor.
Porloanteriorsedicequeelespíritudelderechodelconsumidortieneporobjeto
dignificar al ser humano no como máquina de consumo, sino como sujeto de

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