La estructura de la autoría mediata - Penal general - Estudios de Derecho Penal II - Libros y Revistas - VLEX 951646742

La estructura de la autoría mediata

AutorJuan Pablo Mañalich R.
Páginas107-143
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La estructura de la autoría mediata
LA ESTRUCTURA DE LA AUTORÍA MEDIATA*
Juan Pablo Mañalich R.**
RESUMEN
El presente artículo ofrece una reconstrucción de la estructura de impu-
tación de la autoría mediata, sobre la base de una determinada aproxima-
ción a la teoría de las normas, de orientación analítica. El primer paso está
constituido por una claricación de la posición de la autoría mediata como
modalidad especíca de infracción de deber a título principal, cuya particu-
laridad se encuentra en la exigencia de que el hombre de adelante, a través
de cuyo comportamiento tiene lugar la realización del tipo delictivo, obre
bajo un cit de responsabilidad, sin que esto comprometa su capacidad
de acción desde todo punto de vista. Ello ofrece la clave para, en un paso
siguiente, determinar exactamente el alcance del así llamado principio de
responsabilidad, que se traduce en la exigencia de que el hombre de atrás
resulte competente por el décit de responsabilidad del hombre de adelan-
te. En la última parte se examina detalladamente en qué puede consistir,
más precisamente, este defecto de responsabilidad, de la mano de lo cual se
analizan, diferenciadamente, diversas constelaciones de autoría mediata. El
trabajo concluye con una crítica a la así llamada teoría de los delitos de in-
fracción de deber a propósito de los casos de autoría mediata por actuación
de un instrumento doloso no cualicado.
* El presente artículo fue previamente publicado por la Revista de Derecho de la Ponticia Universidad
Católica de Valparaíso (Vol. XXXIV, 2010).
** Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Chile (2004); Doctor en Derecho, Uni-
versidad de Bonn (2008); Profesor Asociado del Departamento de Ciencias Penales, Facultad de
Derecho, Universidad de Chile; correo: jpmanalich@derecho.uchile.cl.
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Estudios de Derecho Penal II
Pala bra s cl ave: autoría mediata; principio de responsabilidad; defectos de im-
putación; defectos de antinormatividad; delitos especiales; infracción de deber.
I. AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN COMO MODALIDADES DE
INFRACCIÓN DE DEBER
El autor mediato no realiza acción ejecutiva alguna, de lo contrario
cada separación conceptual llevaría ad absurdum. El autor mediato es,
sin embargo, autor. La condición de ser autor no descansa en un hallaz-
go descriptivo, sino en una valoración. El responsable es determinado,
él no ha ejecutado el hecho, pero este le es imputado. Cuando se habla
de su “hecho”, esto ha de entenderse en sentido normativo, esto es, el
hecho por el cual él es responsable.1
En esta temprana toma de posición de Andreas Weidenkopf se expresa una
cierta concepción de la estructura de la así llamada autoría mediata, que es
fundamentalmente divergente de los criterios postulados por la todavía domi-
nante teoría del dominio del hecho, y cuyos lineamientos básicos habrán de
ser desarrollados en lo que sigue. Para esto, sin embargo, es necesario partir
dando cuenta de la posición especíca que corresponde a la autoría como
modalidad de intervención delictiva en un hecho punible, así como la posi-
ción especíca que corresponde a la autoría mediata como forma de autoría
jurídico-penalmente relevante.
Las distintas formas de intervención delictiva en el hecho punible repre-
sentan modos a través de los cuales puede imputarse una realización típica en
1 Weidenkopf, Andreas. Anstiftung oder Urheberschaft?, tesis doctoral, Friburgo, 1930, p. 47, quien a
continuación, no obstante, propone una concepción unitaria de la autoría de lege ferenda, según la
cual sería autor aquel “a quien el hecho es imputable inmediatamente”, lo cual comprendería tanto la
autoría directa como la mediata (pp. 57 y ss., 66 y ss.). Esto no altera el hecho, sin embargo, de que
Weidenkopf todavía reconociera como irrenunciable la distinción entre comisión de propia mano y
comisión mediante la ejecución por un instrumento (cfr. p. 60).
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La estructura de la autoría mediata
el marco de la intervención de varias personas en el mismo hecho. “Interven-
ción” constituye, por ello, una categoría de imputación, de manera tal que
las diferentes formas de intervención delictiva pueden ser entendidas como
modalidades de imputación personal de la realización de un tipo delictivo.2
La distinción dogmática entre autoría y participación se sigue de una dife-
renciación de dos formas de infracción de deber, las cuales fundamentan el
respectivo “injusto de la acción”: “autoría” es el resultado de la imputación
de una realización típica como hecho propio en virtud de la infracción de
un deber primario; “participación”, en cambio, el resultado de la imputación
de una realización típica como hecho ajeno en virtud de la infracción de un
deber secundario, esto es, de un deber no posibilitar o favorecer la infracción
de deber primario por parte del autor.
La pregunta por la demarcación dogmática entre autoría y participación,
entonces, es una pregunta acerca de la demarcación de una competencia pri-
maria y una competencia secundaria por la evitación de la realización del
tipo delictivo, en circunstancias que la realización del tipo delictivo, que es el
supuesto de hecho de la respectiva norma de sanción, tiene lugar a través de
un comportamiento que contraviene la correspondiente norma de prohibi-
ción o de mandato cuyo quebrantamiento resulta delictivo. Es decir: el suceso
antinormativo solo resulta atribuible como hecho propio al autor (o bien a
los coautores).
Ahora bien, los elementos de la antinormatividad del comportamiento
no determinan la modalidad de imputación correspondiente, con la salve-
dad de aquellas normas que solo tienen como destinatarios a personas que
2 Fundamental Bloy, René. Die Beteiligungsform als Zurechnungstypus im Strafrecht, Berlín, Dunckler
& Humblot, 1985, pp. 293 y ss.; Kindhäuser, Urs. Anmerkung zu BGH, Urt. v. 18.4.1996 – 1
Str 14/96, LG Stuttgart, en: NStZ 1997, pp. 273 y ss.; Vogel, Joachim. Norm und Picht bei den
unechten Unterlassungsdelikten, Berlín, Dunckler & Humblot, 1993, pp. 80 y ss. Véase también
Maiwald, Manfred. Aspekte der Einheitslösung, en: Kaufmann, Arthur et al. (coord.). Festschrift für
Paul Bockelmann, Múnich, C.H. Beck, 1979, pp. 353 y ss. Latamente al respecto, desde la perspec-
tiva de la teoría de las normas, Mañalich, Juan Pablo. Nötigung und Verantwortung, Baden-Baden,
Nomos, 2009, pp. 125 y ss.

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