Excepciones al requisito de forma escrita - Segunda parte. La extensión del requisito de forma escrita - El principio de Estado de derecho y los contratos estatales: la forma escrita de los contratos en Colombia y Alemania - Libros y Revistas - VLEX 950236913

Excepciones al requisito de forma escrita

AutorMónica Liliana Ibagón Ibagón
Páginas205-231
205
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Se han expuesto varios ejemplos de preceptos legales de derecho administrativo
general y especial que prevén el requisito de forma escrita para los contratos
estatales (capítulo primero). En el presente capítulo se analizarán algunos casos
en los cuales se prescinde expresamente de tal requisito de forma. En particular
se estudiará la normativa sobre la urgencia manifiesta (i) y la configuración de
las relaciones jurídicas de algunas entidades estatales (ii). Todo esto, con miras
a configurar un modelo normativo con criterios racionales que sirva para de-
terminar la extensión del requisito de forma escrita (capítulo tercero).
I. rgencia manifiesta
En la República Federal de Alemania y en la República de Colombia, en fomento de
los principios de no discriminación, transparencia y competencia, la escogencia
del contratista se debe efectuar por regla general a través de licitación pública1.
En Alemania el derecho de adjudicaciones públicas prevé la posibilidad
de una licitación limitada cuando la licitación pública es inconveniente, por
ejemplo en los casos de urgencia en la adjudicación de contratos de obra
inc. .º num. vob/a) y en la adjudicación de contratos de prestación de
servicios en el marco de profesiones liberales (§ inc. .º lit. b. vol/a) y en los
casos de urgencia apremiante en la adjudicación de contratos de prestaciones
de servicios y de suministro (§ inc. 4.º lit. c. vof). En la licitación limitada las
prestaciones son adjudicadas en un procedimiento preestablecido luego de la
invitación a presentar ofertas a un número limitado de empresarios (§ inc. 1
frase 2 vob/a). La ley también ha establecido que en los casos en los que, por
razones de urgencia especial, una licitación limitada, en el proceso de adjudi-
cación de contratos de obra, sea inadecuada procede la contratación directa
5 num. 2 vob/a). De igual manera, la ley ha definido que se puede contratar
directamente la prestación de servicios en el marco de profesiones liberales en
casos de urgencia especial inc. 5.º lit. g. vol/a). El supuesto de hecho de “ur-
gencia” se da cuando motivos concretos, derivados de circunstancias externas,
obligan a la autoridad estatal a hacer una adquisición rápida. Casos de urgencia,
1 En Alemania: cfr. § 2 inc. 2.º frase 1 vol/a y § inc. 2vob/a. En Colombia: cfr. artículo 2.º num. 1
inc. 1.º de la Ley 1150del 2007.
El principio de Estado de derecho y los contratos estatales…
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que como circunstancias externas, no imputables a la entidad estatal, la obligan
a hacer una adquisición rápida ya que hacen que la licitación pública sea inade-
cuada2, son, por ejemplo, cuando de una situación (que no era conocida antes)
se deriva la necesidad de la ejecución inmediata de la prestación para eliminar
daños o evitar la producción de otros adicionales. También acontecimientos
naturales (como inundaciones, tormentas, etc.), incendios o peligros para cuya
defensa sea necesaria la adquisición pública4. El grado de urgencia previsto en
los §§ inc. .º lit. b. vol/a y inc. .º num. vob/a debe ser más alto que el
exigido por los §§ inc. 4.º lit. c. vof, 5 num. 2 vob/a y inc. 5.º lit. g. vol/
a5 y, en especial, tan alto que incluso perdería mucho tiempo realizando una
licitación limitada6. Los supuestos de hecho de estos preceptos legales se en-
cuentran en una relación de nivel para cuya interpretación se acude al criterio
de la competencia: así cuanto más pequeña sea la competencia mayores son
los requisitos que se deben exigir del supuesto de hecho de urgencia7. Sobre
la urgencia especial, que es el supuesto de hecho de la licitación limitada, en el
proceso de adjudicación de contratos de obra, y de la contratación directa, en
los procesos de prestación de servicios en el marco de profesiones liberales, la
jurisprudencia ha establecido que tal requisito (urgencia especial) sólo es llenado
en situaciones que procuren conjurar casos de peligro agudo o de catástrofe
imprevisibles8. Ejemplos de motivos de urgencia apremiante, que es un supuesto
de hecho de la licitación limitada en la adjudicación de contratos de prestacio-
nes de servicios y de suministro, son los siguientes: catástrofes naturales que
exigen una intervención inmediata para evitar la producción de más daños9,
casos de urgencia grave en los cuales no puedan cumplirse los términos10, y
la insolvencia del contratista que cause demoras que perjudiquen el interés
general11. En los otros casos, que no han sido enlistados como ejemplos, los
criterios para determinar la urgencia (especial o apremiante) deben resultar de
las circunstancias particulares del proyecto de contrato de obra o de prestación
2 jasper. vob/a, § , nota 52; müller-Wrede. vob/a, § , nota 0.
müller-Wrede. Ob. cit.
4 Ídem. jasper. vob/a, § , nota 52.
5 völlinK. vol-a, § , en zieKoW/völlinK. Vergaberecht, nota 2.
6 jasper. vob/a, § , nota 5.
7 müller-Wrede. vob/a, § , notas 29 y 8.
8 olg Düsseldorf. Sentencia del 19.11.200, ref. vii, Verg 59/0.
9 jasper. vob/a, § , nota 52.
10 Ídem.
11 jasper. vob/a, § , nota 48; VK Bund. Sentencia del 29.06.2005, VK , 52/05.

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