Excurso: La persona jurídica como víctima - Las personas jurídicas frente al derecho penal colombiano - Libros y Revistas - VLEX 940529534

Excurso: La persona jurídica como víctima

AutorFrancisco Bernate Ochoa
Páginas73-79
4. Excurso: La persona
jurídica como víctima
En este apartado, hacemos referencia a aquellos eventos en
los que la empresa resulta afectada por el comportamiento de un
tercero, encontrando acá dos posibilidades teóricas. Una, que el
hecho lo cometa alguien ajeno a la compañía, como quien vende un
lote ajeno a la empresa, y otra, en la que la sociedad sufre un daño
por el hecho de un representante, administrador o director. En este
apartado nos ocupamos solamente de la segunda alternativa, esto
es, ¿si un administrador, directivo o funcionario comete un delito
–no contra la empresa–, bajo qué presupuestos podemos decir que
la empresa es una víctima?
Podría pensarse que esta situación no tiene mucho que ver con
la materia de disertación, relacionada con la responsabilidad de los
administradores en el manejo societario, pero, consideramos que a
partir de la determ inación de en qué momento la empresa es víctima o
no podemos probar que en nuestro país hay una normativa que permite

y que el empresario está obligado a tomar una serie de medidas en

en concreto, se incluyó este apartado dentro de este escrito.
Para efectos penales, la víctima es todo aquel que ha sufrido
un daño, de cualquier naturaleza, como consecuencia del injusto.
Esto es, todo aquel que se ha visto perjudicado con que una tercera
persona realice un comportamiento típico y antijurídico, de lo que
se desprende, la independencia de la responsabilidad penal de
la obligación de reparar. El ejemplo es sencillo, pensemos en un
inimputable por trastorno mental transitorio sin base patológica
comete un delito, en este evento, no habrá responsabilidad penal
en tanto que no concurre la categoría dogmática de la culpabilidad,
presupuesto de la responsabilidad, pero si será responsable civilmente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR